MANUEL LEÓN MARTÍN CONDUCIDO A CLÍNICA DE DON CORVINIANO


[Cuartilla de papel común habilitada como oficio Nº 107, mediante el sello ovalado en tinta de la PRISIÓN COSTA SUR Santa Cruz de Tenerife]

432

¡Arriba España¡

 [Texto manuscrito]

 

En cumplimiento de su respetable escrito de fecha 15n del actual, tengo el honor de poner en conocimiento de V.S. que en el mismo día y debidamente escoltado fue conducido a la Clínica del oculista D. Corviniano Rodriguez López, el procesado a su disposición, Manuel León Martín, el que una vez examinado en consulta que motivó su traslado se reintegró nuevamente a esta Prisión.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Sta. Cruz Tfe.17 Febrero 1940.

El Jefe de la Prisión

[Firma rubricada]

 [Al pie]

Sr. Capitan Juez Instructor, Don Justo Blánquez Izquierdo.

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 7173-226-16.- Pieza separada nº 4 de la Causa 42 de 1939.- Folio 432.

MANUEL LEÓN MARTÍN TRASLADADO AL DESPACHO DE DON CORVINIANO


[Cuartilla de papel común habilitada como oficio Nº 90,mediante el sello ovalado en tinta de la PRISIÓN HABILITADA COSTA SUR Santa Cruz de Tenerife]

¡Arriba España¡

423

[Texto manuscrito]

El detenido y procesado a su disposición, Manuel Leon Martin, que fue trasladado al despacho del Médico Oculista Don Corviniano Rodriguez Lopez, sito en la calle Perez Galdos 11 de esta Capital, el dia 13 de Enero último con el fin de consultarle sobre enfermedad que padece, cuyo permiso fue solicitado y concedido por V.S. con fecha 12 y 13 respectivamente, del citado mes a juicio del mismo debe evacuar nueva consulta para terminar su curación.

Y por si tiene a bien concederle la correspondiente autorización a fin de que, debidamente escoltado, pueda evacuar esta segunda consulta en la clínica del expresado oculista, siendo reintegrado a esta Prisión una vez efectuada aquella, lo pongo en su superior conocimiento.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife 12 Febrero 1940.

El Jefe de la Prisión

[Firma rubricada]

 [Al pie]

Señor Capitan Juez D. Justo Blanquez Izquierdo. Plaza.

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 7173-226-16.- Pieza separada nº 4 de la Causa 42 de 1939.- Folio 423.

SUSTRACCIÓN DE OBJETOS DEL COCHE DE DON CORVINIANO


 PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                                 AÑO DE 1940.

6076 – 197 – 48

CAPITANIA GENERAL  DE  CANARIAS/

JUZGADO MILITAR  PERMANENTE

C  A U S A  N .  U.  M.    187

=============================

INSTRUIDA. Contra los soldados del Regimiento de Infantería núm. 38, Eduardo Pastor Gutierrez y Eulogio Martin Mate, por delitos contra la propiedad.

OCURRIERON LOS HECHOS.- el dia 25 de Octubre de 1.940

DIERON PRINCIPIO LAS ACTUACIONES EL dia 28 del mismo mes.

 

JUEZ INSTRUCTOR:

SECRETARIO

Comandante de Infanteria,

El Sargento de Infanteria

D. ELISARDO EDEL RODRIGUEZ.

Don Gaspar Fernandez Davila

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6076-197-48.- Causa 187 de 1940.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * *

Esta causa fue precedida de las diligencias previas número 324, para esclarecimiento de la sustracción hecha del interior del coche del oculista DON CORVINIANO RODRÍGUEZ LÓPEZ, de dos abrigos de niñas, dos libros y varios enseres del colegio pertenecientes a sus hijas, por los soldados encartados.

Ambos fueron detenidos separadamente, siendo procesados y conducidos ante un consejo de guerra ordinario, presidido por el coronel JOSÉ MARÍA DEL CAMPO TABERNILLA, celebrado el dieciocho de febrero de 1941.

Este consejo de guerra dictaría sentencia con estas condenas:

1.- Pena de TRES MESES Y DIEZ DIAS DE ARRESTO MAYOR para EDUARDO PASTOR GUTIÉRREZ.

2.- Pena de QUINCE DIAS días de arresto menor para EULOGIO MARTÍN MATE.

 

ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA CONTRA EUGENIO REDONDO MUÑOZ


6,639,986 73

A C  T  A

En la Plaza de Santa Cruz de Tenerife a trece de Enero de mil novecientos cuarenta y uno, como Juez Instructor de las presentes actuaciones y en cumplimiento del articulo 585 del Codigo de Justicia Militar, hago constar: Que en la misma fecha y a la hora señalada en la Orden de la Plaza del dia nueve del presente mes, se ha reunido en la Sala de Actos del Cuartel de San Carlos de esta Capital, el Consejo de Guerra Ordinario de Cuerpo para ver y fallar la causa instruida en procedimiento sumarísimo Nº 191 de 1,940, contra el soldado del Regimiento de Infanteria Nº 38 , EUGENIO REDONDO MUÑOZ, por el delito de insulto a superior, formándose el Tribunal con los siguientes Señores: Presidente, Señor Coronel del expresado Regimiento Don José María del Campo Tabernilla; Vocales, Capitanes del citado Regimiento, Don Eugenio Quirantes Martin, Don Isidoro Vega Garcia y Don Cipriano Bobet Gardeñez, Don Jerónimo Lopez Hernandez del Regimiento de Artilleria nº 7 y Don Manuel Mojeda Sanchez del mismo Regimiento de Artilleria, grupo de campaña; como Vocal Ponente el Oficial 1º de Complemento del Cuerpo Juridico Militar Don Rafael Martin Hernandez; como Vocales suplentes Don Joaquin Serrano Palacios del Regimiento de Infanteria nº 38 y Don Francisco Moreno Garrido del Gobierno Militar de esta Plaza; con asistencia del Ministerio Fiscal representado por el Oficial 2º Honorifico del Cuerpo Jurídico Militar Don José Ruiz Arteaga Guezala y como Defensor el Teniente de Infanteria de complemento Don Bernardo Barrera Fernandez, hallándose presente el procesado.

Dada la voz de audiencia pública se dio comienzo por el Instructor a la lectura del apuntamiento de las actuaciones y una vez terminado dicho acto y no habiendo prueba que realizar ante el Consejo, el Señor Presidente concede la palabra al Fiscal, quien narra los hechos en forma análoga a como lo hizo en la acusación provisional, pidiendo en nombre del Jefe del Estado se imponga al procesado la pena de dos años de prisión correccional, con las accesorias correspondientes, por el delito de realizar actos con tendencia a ofender de obra al superior de la clase de tropa.

Concedida la apalabra al defensor, dice que el cabo con su conducta dio motivo al incidente y que el hecho de coger el procesado un cuchillo fue para defenderse, por lo que cree que no cometió delito alguno y debe ser absuelto.

Renuncian a rectificar el Fiscal y Defensor.

Preguntado el procesado por la Presidencia si tenia que alegar algo ante el Consejo contesto que no retirándose los Vocales Suplentes y quedando reunido el Consejo en sesión secreta para deliverar y dictar sentencia, de todo lo cual certifico.

[Firma rubricada de ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ]

               Vº Bº.

El Coronel Presidente.

[Firma rubricada de JOSÉMARÍA DEL CAMPO TABERNILLA]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6023-196-31.- Procedimiento 40 de 1941.- Folio 73.

 

CONTRA EUGENIO REDONDO MUÑOZ POR INSULTO A SUPERIOR


P.2,898,052

E J É R C I T O     E S P A Ñ O L

PLAZA DE TALAVERA DE LA REINA

Procedimiento sumarísimo ORDINARIO Nº 4 – 1220 – 40

 

PROCESADOS          EN PRISION PREVENTIVA EL DIA

 

Instruidos.- Contra EUGENIO REDONDO MUÑOZ, Soldado del Batallón Expedicionario de Canarias, por el delito de insulto a superior.

OCURRIÓ EL HECHO.- El día 7 de Junio de 1,937

SE INICIARON LAS ACTUACIONES.- El día 24 de Junio de 1,937

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

DON ENRIQUE CASTRO MIRANDA

DON JOSE PONCE MONTEVERDE

Capitán de Intendencia.

Brigada de Infantería.

Cfr.: A-TMT5 6023-196-31.- Procedimiento 40 de 1941.-Cubierta.

 

DESERTOR CLEMADES VARELA URCERA


A.9,139,141

6112-212-23

N.9435   N. 9349

 CAPITANIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS       JUZGADO EVENTUAL.

&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%&%     &&&&&&&&&&&&&&&&&

N.9703

 

Plaza de Santa Cruz de Tenerife.                            Año de 1.940

============================                       ===============

C A U S A   n ú m e r o   2  d e   1. 9 4 0.

=======================================

 

Instruída contra el soldado CLEMADES VARELA URCERA, del Batallón 281, afecto al Regimiento de Infantería número 38, por delito de adhesión a la rebelión.

Se iniciaron estas actuaciones el día 14 de Junio de 1.939, como diligencias previas.

Se elevaron a causa el dia 5 de Enero de 1.940.

En prisión preventiva desde el día 4 de Diciembre de 1.939. (folio 128).

Desde el día 22 de Octubre de 1.940, hasta del día

 

JUEZ  INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Teniente de Infantería.

El Sargento de Infantería

DON AGUSTÍN DURÁN DELGADO.

DON GASPAR FERNÁNDEZ DÁVILA

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- Causa nº 2 de 1940.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * *

CLEMADES VARELA URCERA fue sometido a dos consejos de guerra.

Ambos presididos por JOSÉ MARÍA DEL CAMPO TANERNILLA.

En el primer conejo, celebrado el 20 de febrero de 1941, el Fiscal JOSÉ RUIZ DE ARTEAGA GUEZALA solicitó la imposición de la PENA DE MUERTE.

En el segundo consejo, celebrado el 1 de septiembre de 1941, actuó como fiscal MANUEL GAUTIER ATIENZA, quien pidió la pena de reclusión perpetua (30 años).

Resultando condenado a esta última pena, con las accesorias correspondientes.

 

GABRIEL MEJÍAS FRAGOSO ELEMENTO MUY DESTACADO Y PELIGROSO


[Cuartilla de papel común habilitada como oficio, mediante el sello ovalado en tinta del puesto de la Guardia Civil de Vallehermoso]

135

 

En cumplimiento a su respetable escrito de fecha 12 del actual, tengo el honor de informar a la superior autoridad de V.S. que el que fue vecino de esta localidad GABRIEL MEJIAS FRAGOSO, en el tiempo que residió en este pueblo observó buena conducta en su vida privada y mala conducta en su vida social. Era de ideas comunistas, siendo dirigente de las ideas marxistas en esta localidad; hacía activa propaganda entre estos vecinos de dichas ideas; al iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional se encontraba residiendo en Madrid, ignorándose la actitud que tomó con respecto a él. Está considerado como elemento muy destacado y peligroso.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Vallehermoso 23 de Abril de 1939.

Año de la Victoria.

El Comandante del Puesto,

[Firma rubricada de JUAN BARCELÓ OCHOGAVÍA]

[Al pie]

Sr. Teniente Juez Instructor del Juzgado Militar Eventual.

San Sebastián de la Gomera.

 

Cfr. A-TMT5 7173-226-16.- Pieza separada nº 4 de la Causa 42 de 1939.- Folio 135.

 

ALCALDE DE VALLEHERMOSO INFORMA ANTECEDENTES DE PEDRO GARCÍA CABRERA


63

AYUNTAMIENTO DE VALLEHERMOSO                         INFORMES

Nombre y apellidos                                Antecedentes politico sociales.

 

PEDRO GARCIA CABRERA  
  Dirigente destacado; Aunque tenía su residencia en Santa Cruz de Tenerife, con frecuencia visitaba este pueblo como propagandista, induciendo a los obreros a medios de violencia y alentándolos en la persecución de los elementos de órden.
  Se le considera muy peligroso.

 

Vallehermoso AÑO DE LA VICTORIA 19 de Abril de 1939

El Alcalde

José Trujillo

[Firma rubricada someramente]

[A la izquierda de la rubricada firma del Alcalde JOSÉ TRUJILLO FRAGOSO, está  estampado en tinta, el sello de la Alcaldía de Vallehermoso, que lleva en su interior el escudo nacional del águila imperial aferrando entre sus garras el yugo y las flechas]

 

Cfr. A-TMT5 7173-226-16.- Pieza separada nº 4 de la Causa 42 de 1939.- Folio 63.

 

BELGA GEORGES BLANCHARD PULMAN CONDENADO POR ESPIONAJE


7378 – 235 – 6

Capitanía General de Canarias                       JUZGADO EVENTUAL

(Sr. Matos)

 

C A U S A     Num.   5 5

Instruida por el supuesto delito de ESPIONAJE contra el subdito

belga . . . . . . . .GEORGES  BLANCHARD  PULMAN

Dieron principio el 31 Marzo 1942.-

En Prision preventiva 31 Marzo 1942.

 

 

EL JUEZ INSTRUCTOR

====

EL SECRETARIO

El Tent. Coronel de Infantería

==== Cabo del Regtº Infantería
D. Aurelio MATOS CALDERON ====

Jose Antº JIMENEZ CABRERA.

 

Cfr.: A-TMT5 7378–235–6.- Causa 55 de 1942.- Cubierta

* * * * * * * * * * *

GEORGES BLANCHARD PULMAN, súbdito belga, mientras trabajaba como albañil, en las obras que se realizaban en el campamento militar del Generalisimo Franco – actual Base de Hoya Fría -, había hecho un croquis del emplazamiento y las distintas dependencias , baterías, refugios, etc.

Croquis que le fue ocupado, habiendo confesado ser autor del mismo.

Por ello, sería detenido y procesado.

El Fiscal MIGUEL ZEROLO FUENTES, solicitaría la imposición de una pena de presidio menor a presidio mayor, con las accesorias legales correspondientes.

Sería sometido a Consejo de Guerra, celebrado el 24 de agosto de 1942, bajo la presidencia del teniente coronel JOSÉ ZAMORANO LOMELINO, resultando condenado a la pena de SEIS AÑOS de presidio mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio o derecho de sufragio durante el tiempo de la condena.

 

ETIQUETAS

 

COMANDANTE MATOS DENUNCIA AL DESERTOR MARCOS REYES RODRIGUEZ


 

 

 

19661015 ESCUDO NACIONAL

2

GOBIERNO MILITAR  
DE LA PLAZA Y PROVINCIA

COPIA QUE SE CITA

DE

 

SANTA CRUZ DE TENERIFE

 
Negodº J  
  Regimiento de Infanteria Tenerife num. 38- Batallón 281
  Excmo. Señor:- En contestación a su atenta comunicación
  debo manisfestar a V.E. que el que fué soldado de mi
  Batallón 281, MARCOS REYES RODRIGUEZ es desrtor y
  teniendo conocimiento el Jefe que suscribe, que se
  encontraba tranquilamente dicho individuo en su casa, lo
  denunció a la Guardia Civil  por si procediera ponerse en conocimiento de quien corresponda, para el nombramiento de
  un Juez e incoación de la oportuna causa, en cuyo procedimiento desearía declarar.- He considerado
  un deber, ayudar a la Justicia Miliatr, denunciando
  a un desertor, por cuya culpa fué atacado el Batallon referido
  por el enemigo, sufriendo 180 bajas.- Dios guarde a V.E.
  muchos años.- Santa Cruz de Tenerife 5 de Agosto de 1.939.-
  “Año de la Victoria.- El Comandante Jefe Aurelio Matos, rubricado
  Excmo. Señor General Gobernador Militar de esta Provincia.-
  – Plaza .

ES COPIA

EL GENERAL GOBERNADOR

[Firma rubricada]

[Sello elíptico en tinta del GOBIERNO MILITAR DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, con el escudo nacional del águila]

 

Cfr.: A-TMTQ 6410-208-9.- Causa nº 187 de 1939.- Folio 2.