CONSEJO DE GUERRA EN CAUSA 223 DE 1937


 

79   M.8,924,191

Comandancia General de Canarias                             Secretaría de Justicia

                                                           

Orden del día 14 de Diciembre de 1937 en Santa Cruz de Tenerife

El próximo día 16 de los corrientes a las 16`30 horas se reunirá en el Palacio de la Mancomunidad de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, que ha de ver y fallar la causa seguida contra Antonio Gonzalez Cabrera, Jose Rodriguez Martin, Ezequiel Perez Rodriguez, Joaquin García Perez, Ciriaco Perez Reyes y Casildo Perez Martin

por el delito de rebelión el primero, y auxilio a la rebelión los restantes

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

PRESIDENTE

Coronel Sr. Don Jose Caceres Sanchez

 

VOCALES-CAPITANES

 

NOMBRES DESTINO
Don Elicio Lecuona Diaz Comandancia General
Jose Trujillo Torres Rgmto. Infanteria Tenerife nº 38
  Adilfo Erenas de Armas id            Id.         id .
Jose Perez Silva Milicias de F.E.T. de las J.O.N.S-
Jesus Auzocua Rodriguez Grupo Mixto Ingenieros nº 3

 

VOCAL PONENTE

El Teniente Auditor Oficial 1º honorifico del Cuerpo Juridico Don Arturo Ascanio y Tolosa.

VOCALES SUPLENTES

 

NOMBRES DESTINO
Don Rufino Castaño Gonzalez Grupo Mixto Artillería nº 2
Don Rafael Peña León Rgmto. Infantería Tenerife nº 38

FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Teniente de  Infantería Don Bernardo Barrera Fernandez

 

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante del Permanente Don Elisardo Edel Rodriguez

.

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

El Comandante General

De orden de S.E.

El Coronel Jefe de E.M.

Teodulo G. Peral

[A la izquierda de la rubricada firma del CORONEL TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, está estampado en tinta el sello ovalado de la Comandancia Militar de las Islas Canarias – E.M.

 

Cfr.: A-TMTQ 5598-182-29 Causa 223 de 1937.- Folio 79.

* * * * * * * * * * *

El Fiscal actuante en este Consejo de Guerra, sería ILDEFONSO SALAZAR Y DEL HOYO, Oficial Tercero Honorífico de Complemento del Cuerpo Jurídico quien solicitaría para el procesado ANTONIO GONZÁLEZ CABRERA, la pena de RECLUSIÓN PERPETUA y accesorias correspondientes.

Sin embargo, el Tribunal condenó a ANTONIO GONZÁLEZ CABRERA, a la PENA DE MUERTE, que se cumpliría con su fusilamiento el primero de junio de 1938, a las seis de la mañana.

ANTONIO GONZÁLEZ CABRERA dejó viuda y ocho hijos.

 

 

 

 

 

 

HUIDO EN LOS MONTES DE LA ISLA DE LA PALMA


 

Nº 5597   Legajo 182-  29

Plaza de Santa Cruz de La Palma                                   Año de 1937.

 

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS.

JUZGADO DE ESTA COMANDANCIA

 

JUICIO SUMARISIMO Nº   223.

 

Instruido por orden del Sr. Comandante Militar de esta isla contra el paisano, vecino de Garafia, huido en los montes de esta Isla, ANTONIO GONZALEZ CABRERA y varios mas.

 

Ocurrió el hecho, el   de            de 193

Dieron principio estas actuaciones el 3 de Junio 1937.

En prisión preventiva el día 29 de Mayo de 1937 el `procesado Antonio González Cabrera el dia 1º de Julio de 1.37 los cinco restantes José Rodríguez Martín, Ezequiel Pérez Rodríguez, Joaquín García Pérez, Ciriaco Pérez Reyes y Casildo Pérez Martín

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Teniente de Artillería don El Cabo de Infanteria don
Conrado Hernández Alvarez y Mario Baudet Oliver.
después D. RAFAEL ALVAREZ ME- El Alférez de Infantería Don
LO Alferez de Infantería Agustín Durán Delgado
El Comandante de Infa  
Don Elisardo Edel Rodriguez  

 

Cfr.: A-TMTQ 3426-143-13.- Causa 60 de 1934.- Cubierta.

 

* * * * * * * * * *

ANTONIO GONZÁLEZ CABRERA de 54 años de edad sería condenado a la pena muerte y fusilado el 1º de junio de 1938, a las seis de la mañana.
A su lado cayó también JUAN MANUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, de 41 años de edad.

 

 

FUERON ARRASTRADOS POR LA MULTITUD


M.8,728,527

13

 

DECLARACION del encartado JUAN GOMEZ GUTIERREZ.- – – –  –

 

En Santa Cruz de Tenerife, siendo las doce horas cinco minutos del día treinta de Julio de mil novecientos treinta y seis.
Ante S.S. y presente Secretario, compareció el encartado anotado al margen, quien advertido de las prevenciones legales, prometió decir verdad e interrogado por las generales de la Ley, dijo: Llamarse como queda dicho, natural del Valle de Soba, provincia de Santander, de veintinueve años de edad, de estado soltero, de profesión guardia del Cuerpo de Asalto, con destino en la Compañía de Tenerife (Destacamento de La Palma), no comprendiendole las demás generales de la Ley,

PREGUNTADO, convenientemente, dijo: Que el día dieciocho del actual hallándose el declarante en la playa de Santa Cruz de La Palma, acompañado del cabo del destacamento, éste le comunicó que había recibido ordenes del Delegado, de que fueran enseguida al caurtel, que habiase declarado una huelga revolucionaria, por lo cual debería ir a vestirse de uniforme a su casa e inmediatamente acudir al cuartelillo; que seguidamente marchó a su casa, donde se vistió de uniforme y marchó para el cuartelillo donde encontró a varios de los guardias aunque todabia faltaba alguno por ir; que sobre el obscurecer, recibió el cabo, que había ido a la Delegación, orden de que se incorporase con todos los guardias a la mencionada Delegación; que cuando llegó el referido Cabo, les comunicó esta orden, diciéndoles que tenían que acudir con todo el armamento y municiones a tan repetida Delegación; que seguidamente el declarante con otros dos o tres, marchó a la Delegación y que el resto de los guardias llegaron después que él; que en ésta, prestaron el servicio interior y asimismo acudieron a la llegada de los correos por orden del Cabo, para prestar el servicio de vigilancia y después de cumplido éste servicio, volvieron a la Delegación; que en el tiempo que estuvieron en la citada Delegación, no se enteraron de lo que ocurria, ni se les comunicó absolutamente nada, puesto que el Cabo era el que recibia las ordenes y éste el que se las comunicaba a ellos; que cuando se enteraron de la llegada del cañonero “Canalejas” con fuerzas del ejército, acordaron salir para dirigirse al cuartelillo de la guardia civil, pero que al efectuar la salida, cree que tres de los guardias llamados José Herrero Lizana, Ramón Portoles y Francisco Cosme fueron arrastrados por la multitud que se encontraba estacionada en el frente y alrededores de la Delegación, al mismo tiempo que sonaron varios disparos de pistola; que entonces, el deponente con el cabo y otros cuatro guardias mas que había, se dirigieron al cuartelillo de la guardia civil, a donde llegaron poniéndose a las ordenes del Teniente; que no dispararon contra el vecindario, a pesar de la actitud del vecindario; que a poco de estar en el cuartelillo de la citada Guardia Civil, y cuando llegó la fuerza del desembarco, fueron con esta al Ayuntamiento, donde les leyeron el Bando de declaración del estado de Guerra, siendo detenidos y desarmados seguidamente; que no tiene nada mas que decir.

Leída que le fué, la encontró de conformidad, se afirmó y ratificó en su contenido, firmandola con el Señor Juez y presente Secretario de que certifico.

Juan Gomez Gutierrez

Enrique Rolandi              Arturo Navarro

[Las tres firmas rubricadas]

 

Cfr.: Causa 76 de 1936 (3909-158-31).- Folio 13.

 

EL CABO DE ASALTO SE ESTABA BAÑANDO EN LA PLAYA


DECLARACIÓN del Cabo de Asalto CANDIDO ONZAIN MOLINERO

En Santa Cruz de Tenerife a las nueve y treinta horas del dia treinta de Julio de mil novecientos treinta y seis. Ante S.S. y presente Secretario compareció en el Fuerte de Paso Alto, el encartado anotado al margen, quien advertido de las prevenciones legales, prometió decir verdad, e interrogado convenientemente, dijo:

Llamarse como queda expresado al margen, natural de La Roda, provincia de Navarra, de treinta y dos años de edad, de estado casado, de profesión Cabo de Asalto, con destino en la Compañía de Asalto de Tenerife (Destacamento de Santa Cruz de la Palma), no comprendiendole las demás generales de la Ley.

PREGUNTADO, convenientemente, dijo: Que el día dieciocho del actual, sobre las doce horas, y encontrandose el deponente bañando en la playa de Santa Cruz de La Palma, fue llamado por el Delegado Gubernativo de la citada Plaza, para que acudise inmediatamente a la Delegación con los guardias a sus ordenes, así como que portasen todo el armamento y municiones; que procedió a cmplimentar lo que se le ordenaba, trasladándose a la Delegación con las fuerzas, llevando además del armamento correspondiente a los guardias, dos pistolas que había demás en el cuartelillo y haciendo entrega de estas al citado Delegado, quien las guardó en un cajón; que solamente se limitaron a estar concentrándose en la Delegación, sin salir al exterior, que únicamente, el dia diecinueve, salieron al muelle con objeto de guardar el orden a la llegada del correo de esta Capital, no ocurriendo alteración ninguna del orden; que no fue llamado por el Comandante Militar de la Plaza ni recibió ninguna orden de dicha Autoridad; que el estado de Guerra, no fue declarado hasta la llegada de las fuerzas del Ejército

M.8,728,522

8

o sea el día veinticinco del actual a las diecinueve horas aproximadamente; que el mismo dia veinticinco, visto el desconcierto que reinaba y no sabiendo a que atenerse, se presentó en el cuartelillo de la Guardia Civil al Teniente de las mismas, para ponerse a sus ordenes, acompañado de los guardias Francisco Diaz Corpas, Federico Sanchez Garcia, Arturo Carbonero Pozo, Pascual Guirau Semitiel y Juan Gomez Gutierrez; que se encontraban enfermos en su domicilio los guardias Jesús Requejo Gonzalez y Eduardo Pozo Gutierrez; que no sabe desde la llegada de las fuerzas en que huyeron nada de lo que hayan realizado los guardias José Herrero Lizana, Ramón Portoles Duaso y Francisco Cosme Guerrero, puesto que fue abandonado por estos cuando el que depone fue a efectuar su presentación con los cinco guardias primeramente nombrados.

Cándido Onzain

Enrique Rolandi              Arturo Navarro

[Las tres firmas rubricadas]

Cfr.: Causa 76 de 1936 (3909-158-31).- Folios 7 vuelto y 8.

* * * * * * * * * *

De los Guardias de Asalto JOSÉ HERRERO LIZANA, RAMÓN PORTOLES DUASO y FRANCISCO COSME GUERRERO, hay más datos en https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/12/01/guardia-de-asalto-francisco-cosme-guerrero/

 

GUARDIA DE ASALTO FRANCISCO COSME GUERRERO


Natural de Jimena de la Frontera, provincia de Cádiz, nacido el 16 de febrero de 1910, hijo de Hermenegildo y Petra, de 26 años, casado con Catalina, dejando una hija llamada Josefa.

Estatura 1 metro 745 mm.

Francisco Cosme Guerrero había tomado posesión de Guardia de Asalto, el 17 de mayo de 1932, en Madrid, donde permanece hasta el 18 de junio de 1932, en que es trasladado a Málaga.

En esta ciudad andaluza estuvo hasta el 29 de mayo de 1934, viniendo luego a Canarias, siendo adscrito a la plantilla de Santa Cruz de La Palma, en 18 de junio de 1934.

En su hoja de servicios figura una felicitación por los servicios prestados durante el día primero de agosto, fecha conmemorativa celebrada por los elementos extremistas.

* * * * * * * * * *

Tras la llegada. el 25 de julio de 1936, del Cañonero Canalejas, que desembarcó las tropas traídas de Gran Canaria, y acabó con la Semana Roja de la Isla de La Palma, el Guardia de Asalto Francisco Cosme Guerrero, huyó como tantos otros al monte, estando «alzado» hasta el 14 de octubre de 1936, fecha en la cual es capturado, en el barranco de Las Tricias, junto con los asimismo Guardias de Asalto José Herrero Lizana y Ramón Portolés Duaso, el Guardia Municipal Valentín García García (a) Peregil, y los paisanos Claudio Pérez Martín, Joaquín Herrera Herrera y Arcadio Ferraz Brito.

Encartado en el procedimiento sumarísimo nº 396 de 1936, seguido contra los guardias de asalto Francisco Cosme Guerrero, José Herrero Lizana, Ramón Portolés Duaso, y Guardia Municipal Valentín García García, como comprendidos en el artículo 5º y 6º del Bando de la Junta de Defensa Nacional de 28 de julio de 1936, en la cual fue Juez el Capitán de Infantería JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO.

Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García fueron fusilados el día 1º de diciembre de 1936.

La defunción de Francisco Cosme Guerrero, fue inscrita a las nueve de la mañana del mismo día 1º de diciembre de 1936, ante el Juez Municipal Don José Ruiz de Arteaga y de Guezala, y Secretario Don Carlos de la Concha y Palacio.

Tal inscripción se hizo en el folio noventa del tomo noventa y nueve de la sección tercera del Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife.

En ella se lee:

»

Francisco Cosme Guerrero falleció en la Batería del Barranco de Hierro, a las seis de la mañana del día 1 de diciembre de 1936, a consecuencia de hemorragia interna, según resulta del reconocimiento prático, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.- Esta inscripción se practica en virtud de comunicación del Capitán Juez de la Comandancia Militar de Canarias, habiéndola presenciado como testigos D. Venancio Afonso Fajardo y D. Ángel Méndez Fuentes, mayores de edad y vecinos de esta Capital.

»

Esta certificación de defunción ha sido hallada como folio 61, en el expediente marcado como 3737-153-3, en cuya portada o cubierta se lee:

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                         Año de 1936

3737-153-3

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

Causa nº 188

contra los guardias de Asalto fugados en la isla de La Palma Ramón Portales Duaso, Francisco Cosmes Guerrero y José Herrero Lizana.

Dieron principio estas actuaciones el 22 de Agosto de 1936.

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante de Infantería don Francisco Sánchez Pinto

Otro D. Elizaldo Edel Rodríguez

SECRETARIO

El Brigada de Infantería don Eugenio Rodríguez Alonso.

Otro D. Antonio Carballo Arias.

En esta Causa 188/1936, sobre el folio 48 (M.8.900.754), el Auditor Rafael Díaz-Llanos Lecuona, ordena:

Santa Cruz de Tenerife a veinte y tres de Noviembre de mil novecientos treinta y seis.

Pase la presente causa Nº 188 de 1.936, al Sr. Fiscal Jurídico Militar de Canarias, a los fines de informe                        en unión de la causa Nº 396.

EL AUDITOR PA 

Rafael Díaz Llanos

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

A renglón seguido, el Teniente Auditor de tercera clase del Cuerpo Jurídico Militar Ángel Dolla Manera, actuando como Fiscal, en fecha 28 de noviembre de 1936, dice:

»

Que ha examinado las causas numero 188 y 396 del corriente año, instruidas ambas contra los Guardias de Asalto Ramón Portolés Duaso, Francisco Cosme Guerrero y José Herrero Lizano y además la última también contra Valentín García García, Claudio Pérez Martín, Joaquín Herrera Herrera y Arcadio Ferraz Brito. De la simple lectura de los procedimientos se deduce que los hechos que motivaron su inicio, fueron los mismos por lo que respecta a los Guardias de Asalto, procesados comunes: Los realizados por estos en Santa Cruz de La Palma desde el dieciocho de Julio hasta la fecha en que fueron aprehendidos en el monte de la Tricias.

Mas como quiera que en la causa número 396 ha recaído sentencia pronunciada por el correspondiente Consejo de Guerra, en la que se juzga la conducta de los repetidos Agentes del Cuerpo de Asalto condenándoles a las penas procedentes, de está en el caso, conforme al número segundo del artículo 536 del Código de Justicia Militar, de acordar el sobreseimiento definitivo del sumarísimo número 188.

Santa Cruz de Tenerife a 25 de Noviembre de 1.936

EL FISCAL

Angel Dolla

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

Visto este informe del Fiscal Ángel Dolla Manera, el Auditor Rafael Díaz Llanos Lecuona, al día siguiente 26 de Noviembre de 1936, acuerda sobreseer esta Causa 188, elevando las actuaciones al Excmo. Señor Comandante General de Canarias a los fines del Decreto de 13 de Septiembre de 1.936 (D.O, nº 212).

Como en esa fecha el Comandante General de Canarias era el general de brigada, sacado de la reserva en Zaragoza, Ángel Dolla Lahoz, éste el 2 de diciembre de 1936, decide:

En atención al parentesco que me liga con el Fiscal, me inhibo del conocimiento de esta causa nº 188 de 1936, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 361 del Código de Justicia Militar, en relación con el número primero del artículo 150 del propio Cuerpo Legal, y pase al Señor Coronel, Gobernador Militar de esta Plaza, para su despacho.

Dolla

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta en cuyo centro se ve el escudo monárquico, rodeado por la leyenda COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS – E.M.

Inmediatamente, el Coronel José Cáceres Sánchez, cumplimenta la orden del general Ángel Dolla Lahoz, firmando esta otra resolución:

De conformidad con el anterior acuerdo, y vuelva esta causa al Señor Auditor de Guerra, a los fines pertinentes.

El Coronel

Cáceres

[Rubricado]

La Causa 396 de 1936, a la cual fue asignado el expediente cuya signatura o clave es 6254-203-13, no ha podido ser hallado, hasta el momento actual.

GUARDIAS RAMÓN PORTALÉS Y JUAN HERRERO

Sobre estos dos Guardias de Asalto, en la sobreseída Causa 188 de 1936, constan estos datos:

1.-

Guardia Don Ramón Portalés Duaso

Hijo de Ramón y de María

Natural de Fraga, provincia de Huesca.

Nació el 21 de septiembre de 1907.

Estado soltero.

Estatura 1 metro 700 mm.

Habiendo sido soldado del reemplazo de 1928, procedente de concurso celebrado, se le concede el ingreso en el Cuerpo de Seguridad, como Guardia de Asalto, por orden de 14 de junio de 1932.

Guardia primero de Vanguardia en la plantilla de Barcelona, hasta el 26 de agosto de 1932, en que pasa a Asalto en Vizcaya.

El 3 de septiembre de 1932 causa alta en Bilbao, donde permanece hasta El 16 de enero de 1933 retorna a Barcelona.

El 31 de marzo de 1934 es trasladado forzoso a Huelva, donde es dado de alta el 10 de abril de 1934.

Desde Huelva viene a Canarias, a petición propia, formando parte de la plantilla de Santa Cruz de La Palma, desde el 15 de junio de 1934.

También en su hoja de servicios figura una felicitación por los servicios prestados durante el día primero de agosto de 1934, fecha conmemorativa celebrada por los elementos extremistas.

2.-

Guardia Don Juan Herrero Lizano

Hijo de Vicente y de Clotilde.

Natural de Loja, provincia de Granada.

Nació el 10 de agosto de 1906.

Estado soltero.

Estatura 1 metro 715 mm.

Procedente de segunda situación de servicio activo en el Arma de Artillería, ingresa como Guardia de Asalto, tomando posesión el 23 de abril de 1932.

En la plantilla de Madrid hasta mayo de 1932.

En la de Valencia desde 12 de mayo de 1932 a 6 de enero de 1933.

En la Compañía de Asalto de Granada hasta el 11 de febrero de 1933, en que pasa a Servicios Locales en la misma Capital.

El 13 de febrero de 1933 es alta en Sevilla donde permanece hasta el 27 de mayo de 1934.

Trasladado a Canarias, el 8 de junio de 1934 causa alta en la plantilla de Santa Cruz de La Palma.

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

Ricardo García Luis, en su libro LA JUSTICIA DE LOS REBELDES, publicado en 1994, – que a pesar del tiempo transcurrido desde su publicación, sigue siendo libro de referencia obligada -, no pudo hacer constar el número de la Causa 396/1936, y solamente pudo escribir una brevísima nota sobre los dos fusilados, Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, complementada con este testimonio:

»

Domingo Ortiz Darias nos habla de uno de los fusilados:

«Las condenas a muerte causaban gran pena y sentimiento. También fusilaron al Guardia de Asalto COSME porque, cuando lo fueron a detener en la Caldera – La Palma -, tiró una granada a sus enemigos.

Otro Guardia de Asalto quería testificar a su favor, y le dijeron: » Con eso sólo consigue que lo maten también a usted.»

Y había otro Guardia de Asalto catalán: Eran tres, Pero solo fusilaron a Cosme. Al salir para fusilarlo dijo en voz alta; «Vamos camino del último amanecer».»

»

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

Ciertamente en esta sobreseída Causa 188 de 1936 [3737-153-3], aparecen declarando Arturo Carbonero Pozo (madrileño) y Francisco Díaz Corpas (malagueño), ambos guardias de asalto del destacamento de Santa Cruz de La Palma, así como el Cabo del mismo, Cándido Onzain Molinero (navarro). Mas, de sus declaraciones no se deduce ningún favor a los tres encartados.

Habrá que esperar a la localización de la Causa 396/1936 [6254-203-13], en la cual fueron procesados, para poder conocer algo más.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

ESTATURA

Los tres Guardias de Asalto encartados en las Causas 188 y 396 de 1936, Ramón Portolés Duaso, Francisco Cosme Guerrero y José Herrero Lizano, medían más de un metro setenta cm.

Lo cual era una estatura bastante por encima de la media española.

Dicho de otro modo, los Guardias de Asalto eran Guardias Altos.

Sin ánimo de establecer comparación alguna, esta alta estatura de los Guardias de Asalto, contrasta con la de algunos conspicuos mandos militares, tales como Augusto Machado Méndez Fernández de Lugo (1.635 m), Alfonso Moreno Ureña (1.625 m), y Salvador Acha Caamaño (1.600 m).

REFERENCIA HEMEROGRÁFICA

En la página dos del número 8172, correspondiente al miércoles 2 de diciembre de 1936, del periódico tinerfeño GACETA DE TENERIFE, la noticia de la ejecución de Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, fue publicada, en una breve columna, de este modo:

EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA

Se cumple el veredicto por el que se condena a la última pena

a los guardias que intervinieron en los sucesos de La Palma

Ayer, martes, a las seis y media de la mañana, fueron ejecutados en el Barranco del Hierro, por un pelotón de Ingenieros al mando de un teniente, los guardias de asalto y municipal, respectivamente, Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, condenados por un reciente Consejo de Guerra verificado en esta capital con motivo del alzamiento rebelde que se produjo en Santa Cruz de la Palma.

Los sentenciados en unión de los también guardias de Asalto José Herrero Lozana y Ramón Portolés Duaso y de varios anarquistas y comunistas armados, actuaron desde el 18 de julio hasta el 25 del mismo mes, en franca rebeldía, oponiendo resistencia a la llegada del cañonero «Canalejas», y utilizando bombas fabricadas por Francisco Cosme Guerrero, que arrojaron a la fuerza del buque de guerra, tratando de impedir su desembarco.

Los dos condenados fueron acompañados hasta el momento de su ejecución, por su letrado defensor señor Muñoz.

Francisco Cosme Guerrero, cuando se dirigía al lugar donde debía de cumplirse la sentencia, le dijo a Valentín García:

¡Este es nuestro último amanecer!

Momentos después se llevó a efecto la sentencia.