507
[Membrete]
MINISTERIO DEL EJERCITO
COMISIÓN CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS
[Texto]
507
Expediente núm. 8.198
Certificado de resolución definitiva (O.C. de 25 de Enero de 1940 D.O. 21)
JOSE OTERO MUNIGAGA natural de
de 44 años de edad, de estado casado y profesión Sargtº Asalto fué condenado en Consejo de Guerra celebrado el 7 de agosto de 1936, en la Plaza de Santa Cruz Tenerife a la pena de veinticuatro años, cinco meses y diez días de Reclusión mayor con las accesorias de
como autor de un delito de sedición definido en el artículo 243 del Código de Justicia Militar
La Comisión Provincial de Santa Cruz de Tenerife. en ___ de _____de194 __, elevó propuesta de confirmación de la referida pena, informando que la definitiva que debía imponerse es la de veinticuatro años, cinco meses y diez días de reclusión mayor con las accesorias del artº 185 del C.J.M.
La Autoridad Judicial informó conforme con la Comisión.
Esta Comisión Central en __ de ___ de 194_, de conformidad con el parecer expuesto por la Provincial elevó a su vez la oportuna propuesta en el sentido de que la pena a imponer debe ser la de veinticuatro años, cinco meses y diez días de reclusión mayor con las accesorias de la pena primitiva.
Previos los oportunos tramites la Superioridad ha dictado la correspondiente resolución definitiva disponiendo que la pena que debe sufrir el rematado JOSE OTERO MUNICHAGA es la de VEINTICUATRO AÑOS, CINCO MESES Y DIEZ DÍAS DE RECLUSIÓN MAYOR
con las accesorias de la pena primitiva .
De todo lo cual esta Comisión Central CERTIFICA de orden del Excmo: Señor Ministro del Ejército, remitiendo este certificado al Ilmo Sr. Auditor de Santa Cruz de Tenerife.
para cumplimiento de lo prescrito en la instrucción 7ª de la Orden comunicada de 7 de Febrero de 1940, entendiéndose que tanto el inmediato acuse de recibo como la cuenta de la total ejecución de la sentencia definitiva debe comunicarse a esta Comisión Central por obrar en la misma todos los antecedentes del asunto
Madrid, ____de 8 OCT. 1940 de 194
El Auditor Presidente.-
[Firma ilegible]
.
El Vocal Militar, – El Vocal Judicial,
J Torre Marin [Ilegible]
[Las tres firmas rubricadas]
En medio de ambas firmas hay un sello en tinta con el escudo nacional del águila con el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda
MINISTERIO DEL EJÉRCITO. JUNTA CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS
[Este sello está inserto cabeza abajo]
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1 Causa 50 de 1936.- Folio 507.