ORDENANDO CONSEJO DE GUERRA EN CAUSA 52 DE 1936


Orden del dia 26 de Agosto de 1936. en Santa Cruz de Tenerife                111

El próximo día 27 de los corrientes a las 9 horas se reunirá en la Sala de Actos del Cuartel del Regimiento de Infanteria Tenerife nº 38 de esta Plaza el consejo de Guerra Ordinario de CUERPO que ha ver y fallar la causa seguida contra los Cabos JUAN GASCON RUIZ, FELIPE BENITEZ PADRON y LUIS CONTRERAS LORENZO y soldados JUAN SUAREZ GONZALEZ, FRANCISCO DIAZ GOMEZ y FRANCISCO GONZALEZ GUTIERREZ, todos del citado Regimiento por el delito del articulo 240 del Codigo de Justicia Militar

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

PRESIDENTE

Teniente Coronel Sr. Don Vicente Pelegero Lores

VOCALES-CAPITANES

NOMBRES DESTINO
Don Servando Accame Amaya Regimiento Infanteria Tenerife nº 38
Lorenzo Machado Méndez         Id.           Id.           Id
José Jorda Canto         Id.           Id.           Id
Manuel Fernandez Roberes Grupo Mixto Artilleria nº 2.
Felix Diaz Diaz Seccion Destinos Comandancia Militar

VOCAL   PONENTE

Comandante Auditor de la Armada Don Eduardo Callejo y Garcia Amado

VOCALES   SUPLENTES

Don Juan Pallero Sanchez Regimiento Infanteria Tenerife nº 38
Don Luis Gomez Carbo Caja de Reclutas nº 59

 FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue..

DEFENSOR

El Teniente de Infanteria Don Estanislao Gomez Landero

JUEZ   INSTRUCTOR

El Especial de esta Auditoria Don Pablo Hurtado Izquierdo.

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

El Auditor,

 

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.- Causa 52 de 1936.- Folio 111.

INDAGATORIA DEL CABO LUIS CONTRERAS LORENZO


INDAGATORIA del cabo LUIS CONTRERAS LORENZO . . . . . .

En Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Ante S.S. y presente el Secretario, compareció el anotado al margen, procesado en esta causa, a quien S.S. exhortó a decir verdad e hizo las advertencias, y preguntado convenientemente, dijo : Que se llama LUIS CONTRERAS LORENZO, de dieciocho años de edad, de estado soltero, de profesión estudiante de bachillerato, natural de Los Silos, provincia de Tenerife, a vecindado en dicho pueblo, hijo de José y de Isabel, si sabe leer y escribir y no ha estado nunca procesado, y en la actualidad se halla prestando sus servicios como cabo efectivo en la Segunda Compañía del Primer Batallón del Regimiento de Infantería Tenerife número treinta y ocho; que le llamó el Teniente don Gervasio Jorge Rodríguez y al presentarse a él, lo presentó al Capitán Juez Instructor don Camilo Tolosa, sin que supiera el declarante a que obedecía la llamada y acto seguido el Capitán le ordenó que quedaba detenido. Y que sí se le han leído las Leyes penales Militares.

J.2,971.996

43

Por disposición del Señor Juez se hacen constar las señas personales del procesado, que son las siguientes: color de las pupilas, melado; cabello castaño oscuro; cara morena; cejas al pelo; nariz recta; boca regular; barba escasa; estatura un metro setecientos cuarenta milímetros; y como señas particulares ninguna.

PREGUNTADO . . . . .

si se afirma y ratifica en su anterior deposición, obrante al folio cinco vuelto, después de haberle sido leída y relevado de la promesa que prestara, dijo;: Que se afirma y ratifica en todo lo que manifestó anteriormente y que no tiene nada más que añadir ni quitar.

En este estado el Señor Juez dio por terminada estas diligencia, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y en la que se han invertido doce minutos, y leída que fue por mí el Secretario, por haber renunciado a hacerlo por sí, a pesar de haberle advertido su derecho a leerla, se afirmó en su contenido, fimándola con S.S. y presente Secretario, que certifico.

[A renglón seguido, vienen las firmas rubricadas de CAMILO TOCINO TOLOSA, LUIS CONTRERAS LORENZO y AGUSTÍN DURÁN DELGADO, Capitán Juez Instructor, procesado y Brigada Secretario fedatario, respectivamente].

 

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.- Causa 52 de 19636.- Folios 42 vuelto y 43.

 

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE LUIS CONTRERAS LORENZO


O.8,022.379

157

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DEL SENTENCIADO EN LA PRESENTE CAUSA NUMERO 52 DE 1,936, LUIS CONTRERA LORENZO, CON SUJECION A LA PROVIDENCIA DEL ILTMº SEÑOR. AUDITOR DE GUERRA DEL FOLIO 147 POR HABERSELE CONCEDIDO LA GRACIA DEL INDULTO.

 

 

EXPRESION AÑOS MESES DÍAS
Fué condenado a la pena de 5 0 0
En prisión provisional desde el día el 22 de Julio de 1,936, hasta el 12 de Septiembre de igual año en que se hizo firme la sentencia y que le sirve de abono para su cumplimiento  

 

 

 

 

 

1

 

 

 

23

Le resta por cumplir el día de la sentencia 4 10 7
Condena cumplida desde el dia 12 de Septiembre de 1,936 hasta el día 15 de Abril de 1,940 que se le pone en libertad por indulto  

 

3

 

 

7

 

 

7

Le restaba por cumplir el dia del indulto 1 3 0

 

Santa Cruz de Tenerife, 15 de Abril de 1,940

El Teniente Juez Instructor,

Rafael del Rio Calvelo

[La firma rubricada de RAFAEL DEL RIO CALVELO va acompañada por el sello entintado, que lleva en su interior el águila imperial aferrando el yugo y las flechas, del Juzgado Eventual Nº 7 de la Comandancia General de Canarias].

 

Cfr.:

A-TMTQ 5155-169-12.- Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 157.

 

 

 

 

 

 

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE FELIPE BENÍTEZ PADRÓN


O.8,022.377

156

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DEL SENTENCIADO EN LA PRESENTE CAUSA NUMERO 52 DE 1.936 RELATIVA AL CABO FELIPE BENITEZ PADRON, CON SUJECION A LA PROVIDENCIA DEL ILTMº SEÑOR. AUDITOR DE GUERRA DEL FOLIO 147 POR HABERSELE CONCEDIDO LA GRACIA DEL INDULTO.

 

 

EXPRESION AÑOS MESES DÍAS
Fue condenado a la pena de 4 6 0
Condena cumplida desde el día el 22 de Julio de 1,936, que ingresó en prisión preventiva y que le sirve de abono para su cumplimiento, hasta el 15 de Abril de 1,940 que se le pone en libertad por indulto  

 

 

 

3

 

 

 

 

9

 

 

 

 

0

Le resta por cumplir el día del indulto, cuya condena se suspende por aplicación de la gracia  

 

0

10

 

7

 

 

0

 

Santa Cruz de Tenerife, 15 de Abril de 1,940

El Teniente Juez Instructor,

Rafael del Rio Calvelo

[La firma rubricada de RAFAEL DEL RIO CALVELO va acompañada por el sello entintado, que lleva en su interior el águila imperial aferrando el yugo y las flechas, del Juzgado Eventual Nº 7 de la Comandancia General de Canarias].

 

Cfr.:

A-TMTQ 5155-169-12.- Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 156.

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE JUAN GASCÓN RUIZ


O.8,022.381

155

NUEVA LIQUIDACIÓN DE CONDENA DEL SENTENCIADO EN LA PRESENTE CAUSA NUMERO 52 DE 1.936, JUAN GAZCON RUIZ, CON SUJECION A LA PROVIDENCIA DEL ILTMº SEÑOR. AUDITOR DE GUERRA DEL FOLIO 147 POR HABERSELE CONCEDIDO LA GRACIA DEL INDULTO.

 

 

EXPRESION AÑOS MESES DÍAS
Fue condenado a la pena de 5 0 0
En Prisión provisional desde el 22 de Julio de 1936 hasta el 12 de Septiembre de igual año, en que se hizo firme la sentencia y que le sirve de abono para su cumplimiento    

 

 

1

 

 

 

23

Le resta por cumplir el día de la sentencia 4 10 7
Condena cumplida desde el día 12 de Septiembre de 1.936, hasta el día 15 de Abril de 1.940 que se le pone en libertad por indulto  

 

3

 

 

7

 

 

7

Le restaba por cumplir el dia del indulto 1 3 0

 

Santa Cruz de Tenerife, 15 de Abril de 1.940

El Teniente Juez Instructor,

Rafael del Rio Calvelo

[La firma rubricada de RAFAEL DEL RIO CALVELO va acompañada por el sello entintado, que lleva en su interior el águila imperial aferrando el yugo y las flechas, del Juzgado Eventual Nº 7 de la Comandancia General de Canarias].

 

Cfr.:

A-TMTQ 5155-169-12.- Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 155.

 

 

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE FELIPE BENÍTEZ PADRÓN


M.8,853.591

130

 

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE FELIPE BENITEZ PADRON

=======================================================

 

Años Meses Días
Fue condenado a la pena de cuatro años y seis meses, de Prisión menor 4 6
En prisión provisional desde el 22 de Julio de 1936 hasta el 12 de Septiembre de igual año, en que se hizo firme la sentencia y que le sirve de abono para su cumplimiento    

 

 

1

 

 

 

23

Le resta por cumplir, descontando el tiempo de Prisión preventiva 4 4 7

 

Cumple la condena impuesta el dia DIEZ Y SIETE DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO.

 

N O T A / / Le resta de servicios en filas, cuatro meses y cinco días, según comunicación del Jefe de su Cuerpo.

Santa Cruz de Tenerife, 28 de Septiembre de 1.936

El Tte Auditor, Juez Instructor

Pablo Hurtado

La firma rubricada de PABLO HURTADO IZQUIERDO va acompañada por el sello entintado del JUZGADO DE INSTRUCCION DE LA COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS.

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 130.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

La referida comunicación del Jefe de su Cuerpo, es el folio 126, consistente en el oficio Núm. 2732, del Regimiento de Infantería Tenerife núm. 38, de fecha 27 de septiembre de 1936, firmado por el Coronel JOSÉ CÁCERES SÁNCHEZ, en el que éste, informando sobre los cabos de este Cuerpo, JUAN GASCÓN RUIZ, FELIPE BENÍTEZ PADRÓN y LUIS CONTRERAS LORENZO, manifiesta «que dichos individuos ingresaron en el servicio en 1º de febrero de 1936; 1º de febrero de 1935, y 1º de noviembre de 1935 respectivamente en concepto de soldados de 2ª voluntarios por dos años cada uno, quedándoles por lo tanto que cumplir, al primero, un año cuatro meses y cinco días; al segundo, cuatro meses y cinco días y al tercero, un año, un mes y cinco días.»

 

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 126.

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE LUIS CONTRERAS LORENZO


 

M.8,853.589

129

 

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE LUIS CONTRERAS LORENZO

=======================================================

 

Años Meses Días
Fue condenado a la pena de 5
En prisión provisional desde el 22 de Julio de 1936 hasta el 12 de Septiembre de igual año, en que se hizo firme la sentencia y que le sirve de abono para su cumplimiento    

 

 

1

 

 

 

23

Le resta cumplir, descontando el tiempo de Prisión preventiva 4 10 7

 

Cumple la condena impuesta el dia DIEZ Y SEIS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO.-

 

N O T A / / Le resta de servicio en filas, un año, un mes y cinco días, según comunicación del Jefe de su Cuerpo.

Santa Cruz de Tenerife, 28 de Septiembre de 1.936

El Tte Auditor, Juez Instructor

Pablo Hurtado

La firma rubricada de PABLO HURTADO IZQUIERDO va acompañada por el sello entintado del JUZGADO DE INSTRUCCION DE LA COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS.

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 129.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

La referida comunicación del Jefe de su Cuerpo, es el folio 126, consistente en el oficio Núm. 2732, del Regimiento de Infantería Tenerife núm. 38, de fecha 27 de septiembre de 1936, firmado por el Coronel JOSÉ CÁCERES SÁNCHEZ, en el que éste, informando sobre los cabos de este Cuerpo, JUAN GASCÓN RUIZ, FELIPE BENÍTEZ PADRÓN y LUIS CONTRERAS LORENZO, manifiesta «que dichos individuos ingresaron en el servicio en 1º de febrero de 1936; 1º de febrero de 1935, y 1º de noviembre de 1935 respectivamente en concepto de soldados de 2ª voluntarios por dos años cada uno, quedándoles por lo tanto que cumplir, al primero, un año cuatro meses y cinco días; al segundo, cuatro meses y cinco días y al tercero, un año, un mes y cinco días.»

 

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 126.

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE JUAN GASCÓN RUIZ


M.8,853.587

128

 

LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE JUAN GASCON RUIZ

====================================================

 

Años Meses Días
Fue condenado a la pena de 5
En prisión provisional desde el 22 de Julio de 1936 hasta el 12 de Septiembre de igual año, en que se hizo firme la sentencia y que le sirve de abono para su cumplimiento  

 

 

1

 

 

 

23

Le resta cumplir, descontando el tiempo de Prisión preventiva 4 10 7

 

Cumple la condena impuesta el dia DIEZ Y SEIS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO /.

 

N O T A / / Le resta de servicio en filas, un año, cuatro meses y cinco días, según comunicación del Jefe de su Cuerpo.

Santa Cruz de Tenerife, 28 de Septiembre de 1.936

El Tte Auditor, Juez Instructor

Pablo Hurtado

La firma rubricada de PABLO HURTADO IZQUIERDO va acompañada por el sello entintado del JUZGADO DE INSTRUCCION DE LA COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS.

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 128.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

La referida comunicación del Jefe de su Cuerpo, es el folio 126, consistente en el oficio Núm. 2732, del Regimiento de Infantería Tenerife núm. 38, de fecha 27 de septiembre de 1936, firmado por el Coronel JOSÉ CÁCERES SÁNCHEZ, en el que éste informando sobre los cabos de este Cuerpo, JUAN GASCÓN RUIZ, FELIPE BENÍTEZ PADRÓN y LUIS CONTRERAS LORENZO, manifiesta «que dichos individuos ingresaron en el servicio en 1º de febrero de 1936; 1º de febrero de 1935, y 1º de noviembre de 1935 respectivamente en concepto de soldados de 2ª voluntarios por dos años cada uno, quedándoles por lo tanto que cumplir, al primero, un año cuatro meses y cinco días; al segundo, cuatro meses y cinco días y al tercero, un año, un mes y cinco días.»

 

Cfr.: A-TMTQ 5155-169-12.

Procedimiento Sumarísimo número 52 de 1936.- Folio 126.

COMUNICANDO CONCESIÓN DE MEDALLA A SERVANDO ORTOLL CORNET


[Oficio sin número, encabezado por el escudo nacional del águila imperial aferrando entre sus garras el yugo y las flechas, y este membrete:]

ALCALDÍA

DEL

EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LA

M.L.N.I. Y M.B. CIUDAD

DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

 

 

Este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria del día 26 de Abril acordó, por unanimidad, conceder a V. la Medalla de Bronce de la Ciudad, conforme propuesta del Gestor Instructor del expediente incoado para concesión de la misma a los paisanos que voluntariamente se presentaron precisamente el día 18 de julio de 1936 en la Comandancia General de Canarias y fueron incorporados a los Cuerpos de guarnición en esta plaza para defender con las armas el Glorioso Movimiento Nacional que aquel día se iniciaba.

Lo que me complazco en comunicar a V. para su conocimiento y satisfacción.

Dios guarde a V. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 15 de Julio de 1940.

B Guimerá

[Firma rubricada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

[Al pie]

Sr. D. Servando Ortoll Cornet

* * * * * * * * * *

NOTAS DEL TRANSCRIPTOR

1.-

M.L.N.I. Y M.B. = Muy Leal Noble Invicta y Muy Benéfica

2.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO desempeñó la Alcaldía desde el primero de abril de 1941, hasta el 16 de mayo de 1946

3.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO había reemplazado en la Alcaldía a EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ.

4.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO fue sustituido por CÁNDIDO-LUIS GARCÍA SANJUÁN.

5.-

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido Alcalde, desde el 21 de marzo de 1938 hasta el 31 de marzo de 1941.

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido nombrado Alcalde por el Gobernador Civil VICENTE SERGIO ORBANEJA, para sustituir al Coronel retirado de la Guardia Civil JUAN VARA TERÁN, quien había ocupado el Ayuntamiento en 18 de julio de 1936.

6.-

El Comandante Médico VICENTE SERGIO ORBANEJA sería condenado, en enero de 1946, a DOS AÑOS, CUATRO MESES Y UN DIA de presidio menor y accesorias comunes de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y militar de separación del servicio, como autor de un delito de robo consumado.

VICENTE SERGIO ORBANEJA declaró que, siendo Gobernador Civil de Murcia, había hecho desaparecer a un falangista,

7.-

En 18 de julio de 1936 «Capitanía» era Comandancia MILITAR de Canarias

8.-

En 18 de julio de 1936 el acto de rebelión militar contra el Gobierno republicano de España, no era un Glorioso Movimiento Nacional.

Era simplemente una Rebelión Militar, movimiento sedicioso bautizado como Alzamiento Nacional, y, finalmente, exaltado a Glorioso Movimiento Nacional.

Paradójica y trágicamente, los rebeldes sediciosos, con inverecundia vesánica, acusaron del delito de Rebelión, a los que se habían mantenido leales al legítimo Gobierno Republicano de España.

SERVANDO ORTOLL CORNET CON MÉRITOS PARA MEDALLA DE BRONCE


PROVIDENCIA /

Vista la documentación aportada por don Servando Ortoll Cornet y teniendo en cuenta su actuación patriótica iniciada con su incorporación voluntaria a filas el mismo día 18 de Julio de 1936, fecha del glorioso Alzamiento Nacional

RESULTANDO que de los informes facilitados por la Comisaria de Investigación y Vigilancia, Falange, Comandancia de la Guardia Civil y Jefatura de la Guardia Municipal, no tiene notas desfavorables con posterioridad a aquella fecha que pudieran hacer desmerecer su conducta con respeto al Alzamiento Nacional.

CONSIDERANDO que de los certificados presentados por el Interesado y unidos a este expediente se desprende que el mismo prestó relevantes y patrióticos servicios a la Causa Nacional, lo que aumenta sus merecimientos en cuanto se refiere a la concesión de la Medalla de Bronce de la Ciudad.

El Gestor Instructor que suscribe considera a don Servando Ortoll Cornet a quien se refiere este expiente, con méritos suficientes, según acuerdos municipales, para que le sea concedida la Medalla de Bronce de la Ciudad proponiéndolo así y sometiéndolo a juicio y resolución del señor Alcalde y del Excmo Ayuntamiento. Dedúzcase copia de la presente para unir al expediente personal del interesado.

Santa Cruz de Tenerife 20 de Marzo de 1940. El Gestor Instructor, Agustin Alvarez Morales. Ante mi. El Secretario. E. Champin.

Es copia que se deduce del expediente general para su constancia en el expediente personal

El Secretario

E Champin

           V.º B.º

El Gestor Instructor,

Agustín Alvarez

Morales

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.