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Número. 714.
Señor Auditor. :
EL FISCAL, en la Causa número 25 de 1939, formula con carácter provisional las siguientes conclusiones:
PRIMERO.- Del exámen del procedimiento resultan los siguientes:
H E C H O S .
La procesada, de malos antecedentes políticos – sociles, DOLORES BARRIOS FIERRO, el dia de la toma de Barcelona pro nuestro Glorioso Ejército, profirió las siguientes frases, “me cago en Franco y en las camisas azules, “ dirijidas a la denunciante Rafaela Rodriguez Rivero y oídas por los testigos Rosario Ortega Marrero y sin puntualizar las frases oida la discusión por otros testigos
Los relacionados hechos, son constitutivos de un delito de Injurias al Jefe del Estado, previsto y penado por el articulo 149, del Código Penal Común, y, otro de ofensas a Instituciones armadas del articulo 250 del Código de Justicia Militar.
Así resulta de todas las diligencias del sumario.
SEGUNDO.- Del expresado delito, es responsable en concepto de autora por participación directa la procesada.
TERCERO.- No existen circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
CUARTO.- Renuncia este Ministerio a últeriores diligencia de prueba y a la asistencia a la de lectura de cargos.
QUINTO.- Procede imponer a la procesada, una pena de prisión mayor en su grado minimo por el primero, y, prisión correccional por el segundo, con las accesorias legales correspondientes.
SEXTO.- Le será de abono a la procesada, el total de tiempo de prisión preventiva sufrida por razón de esta Causa.
SEPTIMO.- No hay responsabilidades civiles que exigir.
OCTAVO.- Todo conforme a los citados preceptos y demas de general aplicación.
Santa Cruz de Tenerife 8 de Mayo de 1939.
EL FISCAL.
P.I.
[Firma rubricada de MIGUEL ZEROLO FUENTES]
[Sello en tinta de la FISCALÍA JURÍDICO MILITAR DE CANARIAS]
Cfr.: A-TMTQ 13293-431-13.- Causa 25 de 1939.- Folio 26.