REGISTRANO CAUSA 95 DE 1936 EN AUDITORÍA DE LAS PALMAS


 

M.8,237,507  
  4

AUDITORIA DE GUERRA

 
DE

CANARIAS.

 
Numero 205.  
  La causa que V.S. instruye
  por el presente delito de rebe-
  ion Militar por todos los he-
  chos perpetrados en esta Capi-
  tal de tal naturaleza a partir
  del 18 de Julio ultimo, ha sido
  registrada con el numero 95
  de 1936.
  Las Palmas 3 de Agosto 1936

 

EL AUDITOR.

[Firma rubricada de RAFAL DÍAZ-LLANOS LECUONA]

 

[Al pie]

Sr Capiian Juez Instructor Don Cristobal Garcia Uzuriaga

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 4.

CONDUCIENDO LUIS PADRÓN PADRÓN


J.2,974,842

Numero 16

3

En Las Palmas a las 14h del dia 3 de julio de 1936 comparecen en esta Comandancia Militar los Guardias de Seguridad José Dominguez Hernandez, y Esteban Santana Peñate conduciendo un individuo, llamado Luis Padrón Padrón, natural de “El Pinar (Hierro), soltero, de 21 años de edad profesión pinche de cocina; el cual fue detenido, por haber sido uno de los los individuos que han hecho los disparos a la fuerza publica como consta en la hoja adjunta, el cual es comunista,

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 3.

* * * * * * * * *

Por la posición de este documento manuscrito dentro de la Causa 95 de 1936, detrás del folio 2 datado el 3 de agosto de 1936, es obvio que lo descrito no sucedió en 3 de julio de 1936.

DESMINTIENDO LO CONTADO SOBRE LOS DESAPARECIDOS DEL DÓMINE POR MIGUEL JIMÉNEZ MARRERO


 En la página 211 del tomo I del libro Crónica de Medio Siglo, (1988), el conspicuo falangista grancanario Miguel Jiménez Marrero, ha dejado escrito:

El 5 de septiembre de 1936 [zarpó] del Puerto de La Luz [el vapor] Dómine, transportando a centenares de los entonces muy jóvenes canarios – algunos, adolescentes – que se enrolaron en esta primera expedición de combatientes, con camisa azul, que iban a enfrentarse en los campos de batalla peninsulares con las formaciones rojas.

Al frente de esta primera expedición, en su totalidad compuesta de falangistas, marchaba Alfonso Larrea, de procedencia tinerfeña, y que no gozaría precisamente del beneplácito de los jóvenes voluntarios de Las Palmas.

Nadie sabía exactamente cuál era el destino final del viaje, pues se mantenía un riguroso secreto, dado que los navíos rojos, cuya marinería, incitada por el ministro de Marina, había liquidado a los mandos después de increíbles vejaciones, arrojándolos finalmente por la borda atados a piezas de hierro, y buena parte de la aviación, podrían fácilmente hundir al -Dómine-, al no contar éste con protección alguna.

El 9 de septiembre, el -Dómine- estaba ya en la bahía de Vigo después de noventa horas de durísima travesía y la festividad de El Pino se celebraba el mismo día a bordo del navío.

Digamos también que, como precaución de lo que pudiera ocurrir al Dómine durante la travesía, a su bordo iban varios dirigentes políticos y activistas sindicales, que debían ser entregados a la autoridad judicial de La Coruña para ser juzgados.

Para algunos de ellos significaba el regreso a la Península, pues se trataba de activistas no canarios que, como ya hemos dicho en otro momento, eran los principales responsables de la casi permanente situación conflictiva en los centros de trabajo de Las Palmas en los últimos años.

Entre ellos estaba [1] Joaquín Masmano [Pardo], [2] Primitivo Pérez Pedraza, [3] José Sanz Iraola, [4] [José] Ochoa [Alcázar], etcétera. También iba en el grupo de diez rehenes, el responsable del Partido Comunista, [5] [José] Suárez Cabral, [6] [Andrés] Zamora Zarrasquino, [7] Arturo Camino [Velázquez], [8] Amadeo Hernández Hernández, [9] [Manuel] Monasterio Mendoza y [10] Félix González Monzón.

Por razones que ignoramos, y nadie nos ha podido aclarar objetivamente, estos dirigentes no fueron juzgados en La Coruña, sino que siguieron las peripecias de la expedición de voluntarios, que, a su vez, se disgregaron en diferentes frentes de combate, pero careciendo de la mínima veracidad los rumores hechos circular años después por los correligionarios de los presos, señalando éste o aquel lugar en que fueron arrojados de los trenes. Tuvimos estrecho contacto con numerosos expedicionarios algún tiempo después de su regreso a Gran Canaria, una vez terminada la Cruzada, y muchos ni siquiera tenían conocimiento de la presencia entre ellos de los activistas mencionados, suponiendo que se habían quedado en Galicia. Otros mostraban su total extrañeza sobre lo que se afirmaba en círculos adscritos al Frente Popular.

La expedición saldría de Vigo, después del largo y penoso viaje en el -Dómine -, cuarenta y ocho horas más tarde y previa emocionante despedida, en la que los cantos patrióticos se confundían con los vivas a España. Marcharon con dirección a Cáceres para luego continuar hacia los diversos frentes de combate perfectamente delimitados en puntos concretos de Extremadura y Andalucía, dividiéndose, como hemos dicho, las siete centurias a distintos lugares en los que los mandos estimaban precisa su intervención.

En esta dislocación de fuerzas, se pierde la pista de los diez rehenes del Dómine, con lo que cae por tierra la versión sectaria de que fueron arrojados del tren en Talavera de la Reina, donde todavía no habían llegado.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

Esta versión de la historia presentada por el conspicuo falangista grancanario es desmentida por los documentos aflorados recientemente, poniendo de manifiesto la inverecundia de su autor.

Obsérvese que Miguel Jiménez, sin empacho alguno, admite que los desvalidos prisioneros eran llevados a la Península como rehenes.

Pero miente como un bellaco cuando afirma que fueron transportados en el Dómine, con el fin de ser entregados a la autoridad judicial de La Coruña para ser juzgados.

Los documentos aflorados hasta el momento, ponen de manifiesto que aquellos inicuos consejos de guerra, carentes de garantías, en los cuales los reos estuvieron en absoluta indefensión, no merecen el nombre de juicios.

En el caso que estamos tratando, de los DESAPARECIDOS DEL DÓMINE, ya conocemos, que CINCO  de ellos, ARTURO CAMINO VELÁZQUEZ, PRIMITIVO PÉREZ PEDRAZA, JOAQUÍN MASMANO PARDO, JOSÉ SANZ DE IRAOLA y FÉLIX GONZÁLEZ LEÓN, habían sido encartados en la Pieza separada de la Causa 130 de 1936.

En esta causa 130/1936, el tribunal dictaría dos penas de muerte, contra Antonio Boix Roig y Emilio Baraibar Velasco, Gobernador Civil y Teniente Coronel Jefe de la Guardia Civil, respectivamente, de la provincia de Las Palmas. Junto a ellos fueron procesados otros 37 hombres. Afortunadamente, ambas penas de muerte serían conmutadas por la inmediata inferior de cadena perpetua.

La Pieza separada de la Causa 130 de 1936, – iniciada el 10 de julio de 1937, en la Plaza de Santa Cruz de Tenerife, instruida por el Teniente Coronel de Infantería José Pérez Andreu -, sería acumulada a la Causa 169 de 1936 [12916-414-6], en la cual además de los cinco citados, ARTURO CAMINO VELÁZQUEZ, PRIMITIVO PÉREZ PEDRAZA, JOAQUÍN MASMANO PARDO, JOSÉ SANZ DE IRAOLA y FÉLIX GONZÁLEZ LEÓN, fueron encartados JOSÉ SUÁREZ CABRAL y MANUEL MONASTERIO MENDOZA.

Así queda acreditado por este documento, datado el 13 de julio de 1937:

104

M.8.924.744

 

AUTO.- Santa Cruz de Tenerife a trece de Julio de mil novecientos treinta y siete.

RESULTANDO.- Que se ha instruido la presente Causa nùm. 169 de 1.936, del registro de la desaparecida Auditoria de Las Palmas, contra los paisanos JOSE SUAREZ CABRAL, ARTURO CAMINO VELAZQUEZ, JOSE SANZ IRAOLA, PRIMITIVO PEREZ PEDRAZA, FELIX GONZALEZ MONZON, JOAQUIN MASMANO PARDO Y MANUEL MONASTERIO MENDOZA, por el presunto delito de rebelión.

RESULTANDO.- Que los cargos que contra los mismos existían no se han podido probar debidamente, pues una vez negados por los interesados, las diligencias practicadas posteriormente en relación con dichos cargos, no han acreditado de una manera suficiente la participación que tales paisanos hayan podido tener en los sucesos acaecidos en la Isla de Gran Canaria los días siguientes el 18 de Julio del pasado año.

CONSIDERANDO.- Que en mérito de lo expuesto y de acuerdo con lo previsto en el núm. 2 del articulo 538 del Codigo de Justicia Militar, es procedente el sobreseimiento de esta Causa.

ACUERDO.- Sobreseer provisionalmente la presente Causa, que será elevado a la Autoridad Militar a los fines del Decreto de 13 de Septiembre de 1.935, y devuelta que sea por dicha Autoridad se proveerá por esta Auditoria lo pertinente en orden a ejecución.

EL AUDITOR

Mariano García Cambra

[Firma rubricada]

 A la izquierda de la rubricada firma del Auditor Mariano García Cambra, hay un sello en tinta con la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS * Santa Cruz de Tenerife, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

 

Santa Cruz de Tenerife 17 de Julio de 1,937.

De conformidad con el anterior acuerdo, y vuelva esta causa al Señor Auditor de Guerra de esta Comandancia General, a los fines pertinentes.

Guerra

[Firma rubricada]

 

A la izquierda de la rubricada firma del Comandante General de Canarias, general de brigada Carlos Guerra Zagala, hay un sello elíptico en tinta, en cuyo interior figura el escudo republicano, rodeado por la leyenda

COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS – E.M.

 

Cfr.: Causa 169 de 1936 [12916-414-6].- Folio 104.

La Causa 169/1936 había sido iniciada el 26 de agosto de 1936, y tras haber sido sobreseida, en la fecha del documento anterior, 17 de julio de 1937, sería archivada en el gobierno militar grancanario, por orden de fecha 27 de agosto de 1937, del general de brigada Vicente Valderrama Arias, gobernador militar de Las Palmas. Poco después, este general Valderrama sucedería en el mando de la Comandancia General de las Islas Canarias a Carlos Guerra Zagala, cuando éste abandonó las Islas para hacerse cargo del mando de la Circunscripción Occidental de Marruecos, en septiembre de ese mismo año 1937.

 Ya hemos visto que el tinerfeño Amadeo Hernández Hernández, fue encartado y condenado en la causa 92/1936 [7281-232-11].

Como resultado de un testimonio dimanante de la Causa número 95 de 1936, el Capitán Juez Eventual Emilio Ramiz González abrió las Diligencias Previas 308/1936 [12816-409-26] encartando a FERNANDO ÁLVAREZ ASTORGA, TOMÁS-AGUSTÍN CABRERA SUÁREZ, JOSÉ OCHOA ALCÁZAR y JOSÉ SUÁREZ CABRAL.

Por su parte, José Sanz Iraola también fue encartado en la Causa 246/1936.

Adicionalmente, Manuel Monasterio Mendoza, figuraría posteriormente en la causa 161 de 1939.

Finalmente, Andrés Zamora Zorraquino, había sido sometido a la Causa 15/1936 [13429-437-19].

El inverecundo falangista escribidor no dice nada de la ilicitud evidente que supone la circunstancia de que se deporta a diez personas, llevadas en calidad de rehenes. Deportadas a la Península, lugar genérico referido como si fuera equiparable en dimensión al lugar de partida.

Tópico común de muchos plumíferos y politicastros de estas Islas.

 Miguel Jiménez Marrero pretende descalificar a algunas de las víctimas enfatizando que se trataba de activistas no canarios.

Dejando de resaltar que cuatro de los diez rehenes eran canarios.

Porque canario de Tacoronte (Tenerife) era Amadeo Hernández Hernández.

Y canarios, de Gran Canaria eran: Félix González Monzón y Manuel Monasterio Mendoza, ambos naturales de la capital de la Isla redonda, así como José Suárez Cabral, nacido en Telde.

Si bien es cierto, que eran peninsulares residentes en Gran Canaria, Joaquín Masmano Pardo, (natural de Alicante), Primitivo Pérez Pedraza (natural de Madrid), José Sanz Iraola (natural de San Sebastián – Guipúzcoa), y Andrés Zamora Zorraquino, natural de Torrente (Valencia).

De Andrés Zamora Zorraquino, también conocemos lo que acredita el oficio nº 237 de la Prisión de Las Palmas, de fecha 20 de Enero de 1941, foliado como número 51 en la Causa 92/1936, en el cual su Director dice, que por Orden del Excmo. Sr. Coronel Comandante Militar de esta Plaza, fueron entregados al Capitan de las Fuerzas de Asalto y fuerzas a sus ordenes, los penados condenados por la Jurisdicción de Guerra y recluidos en esa Prisión ANDRES ZAMORA ZORRAQUINO y AMADEO HERNANDEZ HERNANDEZ, los cuales deben ser conducidos al Vapor «Dómine», para su traslado.

De José Ochoa Alcázar, se sabe que había nacido en la isla de Puerto Rico.

FERNANDO ÁLVAREZ ASTORGA DECLARA


Declaración de Fernando Alvarez Astorga

En Las Palmas a dos de Febrero de mil novecientos treinta y siete.- Ante el Sr. Juez, y presente el Secretario comparece el expresado al margen el que advertido a tenor del articulo cuatrocientos cincuenta y uno del Codigo de Justicia Militar prometio decir verdad y siendo a tenor de las generales de la Ley, dijo: Llamarse como queda dicho, de treinta y seis años de edad, casado, oficio empleado, hijo de Alejandro y Esperanza, natural del Barco de Valdeorra (Orense) y vecino de Las Palmas.

Preguntado

Convenientemente dijo: Que como fue Presidente de la Agrupación Socialista creyo conveniente, al enterarse se habia iniciado un Movimiento Nacional, apartarse todo lo posible y aislarse completamente con objeto de no aparecer mezclado en ningun asunto de caracter social por lo cual acepto la invitacion que le hizo un tal ALFONSO ROMAN, que cree vive en la calle Leon y Castillo al lado de la Farmacia Maspon y dueño de la casa donde fueron detenido en Pico Viento segun le manifestó este al hacerle la invitación.- Que el dia del movimiento se levanto el deponente temprano con objeto de ir al Parque a desayunar, que alli por grupos que habia se entero estaban las Tropas en la calle y que a los pocos momento aparecieron TOMAS CABRERA, JOSE SUAREZ CABRAL y JOSE OCHOA ALCAZAR, con los cuales se reunio y comentando los sucesos se encaminaron por la calle de Bravo Murillo donde se encontraron al referido ALFONSO ROMAN, el cual les invitó fueran a su casa donde el mismo les acompañó y como dueño de la casa que le dijo que era, les abrio la puerta, no siendo como se dice en el atestado que saltaron pos las tapias y que si asi lo manifestaron fue con objeto de no mezclarle y evitarle molestias al referido ROMAN, que tuvo la atención de invitarle. Que el tal ROMAN les facilito ciertos viveres que alli tenian y que luego como estos se agotaron, dos individuos a los que el deponente conoce de vista pero no puede precisar sus nombres les llevaron los viveres que se mencionan en el atestado y agua y que el declarante cree lo llevaran por indicación del tal ROMAN.

Preguntado

Si tiene algo mas que manifestar, dijo: que quiere hacer constar que antes de tomar el coche que les condujo a la casa donde fueron detenidos les advirtió y aconsejó a los individuos que le acompañaban con objeto de hacer su vida normal y dedicarse a su trabajo pero que los otros le aconsejaron con motivo de evitar molestias en sus casas aislarse todos como asi lo hicieron.- Que tambien hace constar que el fué Presidente de la Agrupacion Socialista pero habia dejado de serlo hacia varias semanas pero que debido a la demora que sufrió la reunion de la Asamblea que tenian que nombrar el nuevo Presidente los compañeros, a pesar de que el deponente presento la dimision con caracter irrevocable le pidieron esperara la reunion de esa Asamblea para que fueran nombrados los nuevos cargos y que la actuación del declarante como Presidente en esos tiempos fué casi nula.

En este estado,el Sr. Juez Instructor, dio por terminada esta declaracion y leida que le fue al declarante este se se afirma y ractifica firmandola con el Sr. Juez Instructor y presente el Secretario de que certifico. entre rayas conveniente Vale.

Bartolome Martin                                             Fdo Alvarez

José Uzeleti

[Las tres firmas rubricadas]

* * * * * * * * * *

Esta declaración de Fernando Álvarez Astorga consta en el folio 14 de las Diligencias Previas número 308 de 1936 [12816-409-26].

 En la fecha de la misma llevaba detenido casi seis meses, habida cuenta que había sido detenido el 10 de agosto de 1936.

ANTECEDENTES DE LA GUARDIA CIVIL


El folio 17 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es una cuartilla habilitada como oficio, encabezada por un sello ovalado en tinta, dentro del cual se lee

GUARDIA CIVIL

1.ER JEFE

COMANDANCIA DE LAS PALMAS

 con este texto:

 Consecuente a su atento escrito de fecha 28 de enero último, me complazco en participar a V.S., que practicadas las pertinentes gestiones por fuerzas a mis ordenes, se han adquirido los informes que a continuación se expresan de los individuos que cita en el mencionado escrito.

 Tomás Cabrera Suárez: De 28 años casado, carpintero, Presidente de la Comisión Gestora de la Federación Obrera, estaba afiliado al partido socialista, peros sus ideas eran comunistas y muy peligroso, huyó al saber triunfante el Movimiento, pero fué detenido por fuerzas de esta Comandancia el día 10 de Agosto último, habiéndosele ocupado una cartera con 300 pesetas, un reloj de oro y dos cédulas personales, su conducta es mala.

José Suarez Cabral.- De 30 años, casado, empleado de la Coppa, domiciliado en la calle Sagasta nº 3, es de filiación Comunista, activo propagandista, de mala conducta; estuvo en Rusia con objeto de estudiar los principios básicos de la revolución de donde regresó el año anterior, antes del Movimiento Nacional, constituyendo su llegada un acontecimiento de júbilo por parte de las extremas izquierdas que acudieron al muelle con música y tocando la Internacional, siendo detenido por fuerzas de esta Comandancia en 10 de agosto último.

Fernando Alvarez Astorga.- De 36 años de edad, natural de Barco de Valdeorras (Orense) Domiciliado en la calle Eusebio Navarro nº 19 de esta Capital, Presidente del Partido Socialista de Las Palmas, compromisario en las elecciones últimas, activo propagandista, representante en Madrid del personal de comercio con motivo de los contratos de trabajo, fué detenido por fuerzas de esta Comandancia en 10 de agosto último, es de mala conducta.

José Ochoa Alcázar.- De 30 años, soltero, periodista, natural de San Juan de Puerto Rico, domiciliado en la Fonda de los Arabez, este individuo es comunista peligroso, corresponsal en esta Capital de los periódicos “Mundo Obrero” y “Humanited” fue detenido por fuerzas de esta Comandanciael día 10 de agosto último, es de mala conducta.-

Dios guarde a V. muchos años.

Las Palmas 3 de febrero de 1.937

El primer Jefe acctal,

Francisco Rojas Manso

 Señor Capitán Juez Instructor del Eventual nº 9 D. Bartolomé Martin (Caja de Recluta)                                                                                               Las Palmas

ANTECEDENTES POLICIALES


El folio 15 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es una cuartilla habilitada como oficio, encabezada en el margen superior izquierdo, por un sello ovalado en tinta azul, con esta leyend

COMISARÍA

– DE –

INVESTIGACIÓN Y VIGILANCIA

– DE –

LAS PALMAS

 En el mismo margen, y debajo del sello se lee: Nº 309

Y debajo de este número, aparece otro sello en tinta azul, que dice

 ¡VIVA ESPAÑA!

 A la derecha del sello ovalado inicial también figura otro sello entintanto con este grito:

¡ARRIBA ESPAÑA!

 El cuerpo del oficio es este texto mecanografiado:

 En cumplimiento de lo ordenado en su oficio fecha de ayer, tengo el honor de participarle que en los archivos de esta Comisaria aparecen los siguientes antecedentes relativos a Tomás Cabrera Suárez: El4-6-928, sufrió y causó lesiones en riña.- El 22-8-928, El Juzgado de Vegueta ordena su ingreso en la Carcel para cumplir condena.- El 21-9-928, id.           id.        id.

El 4-10-928, Es ingresado en la Carcel en virtud de la orden anterior.- El 23-5-927 Ingresa en la Carcel por amenazas con una pistola, que se le ocupó.- El 16-4-929, lesionado en accidente del trabajo.- En 934 El Jefe de Policia de Cadiz telegrafia avisando que venia desde Madrid conduciendo gran cantidad de impresos de propaganda del S.R.I.- El 13-23936, Ingresó en la Carcel a cumplir arresto gubernativo.- El 20-1-936, Detenido por orden del Juzgado de Triana. (Presidente F.Obrera).

 José Suarez Cabral.- El 14-12-933, se le practicó un registro por sospecharse tenia hojas subversivas que se tiraron en los Cuarteles.- El 3+-3-934, detenido por orden guberntiva, como peligroso comunista y organizador.- El 3-7-934, A disposición del Juzgado de Triana, que le reclamaba.- El 19-12-934, El Juzgado Militar interesó sus antecedentes.- El 29-10-934, el mismo Juzgado ordena su busca y antecedentes.- El 25-10-934, se le practicó un registro.- El 12-5-936, detenido por estafa.- Y el 24-8-936, se informó a esta Comandancia militar, ser dirigente de la huelga revolucionaria para oponerse al movimiento nacional.-

 Fernando Alvarez Astorga.- El 24-8-936, Se informó a esta Comandancia Militar ser dirigente de la huelga revolucionaria que se preparaba para oponerse al movimiento salvador; ser elemento extremista destacado y participe en todos los comités de huelgas habidas en La Palmas.- El 24-8-936, dicha Autoridad Militar, interesó sus antecedentes.

José Ochoa Alcázar.- El 27-6-932, El jefe de Policia de Málaga, telegrafia reclamandole por incendiario.- El 30-9-932, Fué detenido en La Palma por el motivo anterior.- Y el 5-7-932, Ingresó en la Carcel.

Dios guarde a V. muchos años.

Las Palmas 29 enero 1937

El Inspector jefe:

Angel Muñoz

[Firma rubricada]

 

Señor Capitán Juez, Don Bartolomé Martin

INFORME DEL INSPECTOR JEFE DE LA GUARDIA MUNICIPAL


El folio 13 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es un oficio encabezado por el escudo del Ayuntamiento de Las Palmas.

Membrete:

INSPECCIÓN DE LA GUARDIA MUNICIPAL

 A la derecha del membrete figura este sello entintado en rojo:

¡ARRIBA ESPAÑA!

 [Escudo republicano]

 ¡VIVA ESPAÑA!

A la izquierda, debajo del membrete, manuscrito: Nº 397.

 A continuación viene este texto mecanografiado:

 En cumplimiento a su escrito de fecha 28 del actual, en el que se interesa los informes de conducta político-social de los relacionados al respaldo, se hace constar los antecedentes y conducta de cada uno.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Las Palmas 29 de Enero de 1937.

 

El Inspector Jefe

Antonio Wiot

 [Firmado y rubricado]

 A la izquierda de la firma rubricada del Inspector Jefe Antonio Wiot, hay un sello ovalado en tinta roja, dentro del cual se lee:

INSPECCION

DE LA

GUARDIA MUNICIPAL

LAS PALMAS

GRAN CANARIA.

 Señor Capitán Juez del Juzgado Eventual número 9

 Al dorso de este oficio aparece mecanografiado este texto:

Relación que se cita.-

TOMAS CABRERA PEREZ,- de 29 años Carpintero, fué Presidente de la Comisión Gestora de la Federación Obrera. individuo de pésima conducta y antecedentes, Comunista, agitador de masas, y propagandista peligroso.

JOSE SUAREZ CABRAL.- Simpatizante del Frente Popular, Comunista peligroso, agitador de las masas obreras y propagandista de ideas disolventes, pésima conducta y antecedentes.

FERNANDO ÁLVAREZ ASTORGA.- natural de Barco de Baldehorras, (Orense), Socialista, Anarquista y Comunista en una pieza, Presidente de las Juventudes Socialista, y miembro del Frente Popular, agitador de las masas obreras y estafador de las mismas, Agente de la Confederación Nacional del Trabajo, de pésima conducta y antecedentes, sujeto muy peligroso.

JOSE OCHOA ALCAZA.- natural de San Juan de Puerto Rico, periodista, escribía en Vanguardia, Marxista peligroso, agitador de masas, de pesima conducta y antecedentes.

INFORMANDO DEL PARADERO DE CUATRO PAISANOS


El folio 12 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es una cuartilla habilitada como oficio, identificado manualmente con el número 51, encabezado por el ovalado sello en tinta del Estado Mayor de Gobierno Militar de Las Palmas, en el cual se lee este texto mecanografiado:

En contestación a su escrito fecha de ayer manifiesto a V.S. que los paisanos TOMAS CABRERA SUAREZ, y JOSE OCHOA ALCAZAR FERNANDO ALVAREZ ASTORGA y JOSE SUAREZ CABRAL se encuentran el primero en el Campo de Concentración de Tenerife; el segundo y cuarto en la Octava División Orgánica y el tercero en la Comisaria de Investigación y Vigilancia de esta Capital.

Dios guarde a V.S. muchos años

Las Palmas, 29 de enero de 1937.

 

Capitan Habilitado Juez Instructor Don Bartolome Martin

Esto es:

En enero de 1937, el Gobierno Militar de Las Palmas, informa:

 FERNANDO ÁLVAREZ ASTORGA permanecía en la Comisaría de Las Palmas, cinco meses después de su detención.

 TOMÁS AGUSTÍN CABRERA SUÁREZ se encontraba en el infame campo tinerfeño de prisioneros de Fyffes, también conocido por el nombre oficial de Prisión Costa Sur.

 JOSÉ OCHOA ALCÁZAR y JOSÉ SUÁREZ CABRAL, estaban en Galicia.

 Todos ellos, los cuatro, habían sido detenidos el 10 de agosto de 1936.

 Lo que no dice el informe del Estado Mayor del Gobierno Militar de la Plaza de Las Palmas, es que JOSÉ OCHOA ALCÁZAR y JOSÉ SUÁREZ CABRAL habían sido DESAPARECIDOS.

 Y tampoco dice que TOMÁS-AGUSTÍN CABRERA SUÁREZ sufriría similar destino, porque asimismo sería DESAPARECIDO.

FERNANDO CLAVIJO NO PERTENECE A FALANGE


El folio 11 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es un oficio encabezado por el Yugo y las Flechas impreso en rojo, y este membrete:

FALANGE ESPAÑOLA

C.N.S. PROVINCIAL

DE LAS PALMAS

 225

 El texto mecanografiado es del siguiente tenor:

 En contestacion a su escrito fecha de hoy, nº 308, he de manifestarle que el individuo que se cita, FERNANDO CLAVIJO PONCE, no pertenece a las milicias de esta Organizacion, por lo que veo imposibilitado para ordenar su comparecencia  en ese Juzgado, como me interesa en el citado oficio.

Lo que le comunico para el conocimiento y efectos.

Dios guarde a Vd. muchos años.

Las Palmas 28 de Enro de 1.937

El Jefe Provincial

P.A.

[Firma abigarrada ilegible y rubricada]

 ¡ARRIBA ESPAÑA!

 Capitan Juez Instructor del Juzgado Eventual nº 9. Las Palmas

DECLARACIONES DE DOS VOLUNTARIOS PATRIOTAS


Declaración del cabo de Voluntarios Patriotas Jose Lopez Polins

Seguidamente comparecio el expresado al margenquien advertido de que iba a prestar declaración juró decir verdad en todo cuanto supiere y fuere preguntado y siendolo a tenor de las generales de la Ley, dijo: Llamarse como queda dicho, de treinta y cinco años de edad, casado, estudiante, natural de Madrid y vecino de esta Ciudad.

Preguntado

Si se afirma y ratifica en el atestado obrante al folio dos de las actuaciones, dijo: Que si.

Preguntado

Si tiene algo mas que manifestar, dijo: Queno.

En este estado el señor Juez Instructor, dio porterminada esta declaracion y leida que fue por si, se afirma y ratifica en su contenido, firmandola con el señor Juez Instructor y presente el Secretario que certifico.

Bartolome Martin                                             Jose Lopez Polin

José Uzeleti

[Las tres firmas rubricadas]

 Declaración del Alferez Provisional de Infanteria Don Vicente Marrero Perez

En Las Palmas a veinte y nueve de Enero de mil novecientos treinta y siete.- Ante S.S. y de mi el Secretario comparecio el oficial anotado al margen el que advertido de que iva a prestar declaración juró por su honor decir verdad supiere y siendo atenor de las Generales de la Ley, digo:

Llamarse como queda dicho, mayor de edad, soltero, natural de Teror, vecino de Las Palmas.

Preguntado

Si se afirma y ratifica en el atestado obrante al folio dos de las presentes actuaciones, digo: Que si.

Preguntado

Si tiene algo mas que manifestar, dijo: Que no.

En este estado el señor Juez Instructor, dio por terminada esta declaración y leida que fue por si, este se afirma y ratifica en lo manifestado firmando con S.S. y presente Secretario que certifico.

Bartolome Martin                                             VMarrero R

José Uzeleti

[Las tres firmas rubricadas]

 * * * * * * * * * * *

Ambas declaraciones están en el folio 10 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], sobre papel oficial M.8.735.477.