CAUSA SUMARÍSIMA 160 CONTRA FRANCISCO GASPAR GUILLÉN


 

Nº 3548                                     Legajo 148-4

 

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 19 36

Comandancia Militar de Canarias

 

JUZGADO PERMANENTE EVENTUAL

 

Causa Sumarísima  160

 

 

Seguida contra el paisano Francisco Gaspar Guillén, por el delito del artículo 2º del Bando de la Junta de Defensa Nacional

 

Ocurrió el hecho; el 13 de agosto de 1936.

 

Dieron principio estas actuaciones: el 16 de Agosto de 1936.

 

 

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El soldado de infantería

Don Francisco Arriaga Adán

Eugenio Hurtado Izquierdo

Otro

Otro

Capitán de Infantería

Cabo 1º de infantería

Manuel García Losada

Dionisio Sánchez Barroso

 

Cfr.: A-TMTQ 3636-149-32.- Causa Nº 218 de 1936.- Cubierta.

YA VEREMOS QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO


Había dos capitanes de la Guardia Civil en Santa Cruz de Tenerife, que se conocían desde sus tiempos de cadetes en la Academia de Toledo, allá por el año 1914.

En el mes de abril de 1936, ya comentaban y estaban preocupados por todo lo que estaba ocurriendo en la Península, pero estaban ignorantes de lo que el GENERAL MOLA tramaba.

Uno de estos Capitanes por motivos del servicio, tuvo que realizar unas gestiones tanto en Barcelona como en Madrid.

A su regreso de nuevo a Santa Cruz, tuvo que presentarse al Coronel de E.M. TEÓDULO GONZALEZ PERAL, el cual a su vez le hace pasar al despacho del Comandante Militar de Canarias, General de División FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, quien deseaba saber qué ambiente se respiraba en la Guardia Civil en aquellas dos capitales, donde se estaban viviendo momentos muy tensos.

El General FRANCO prestó atención a lo expuesto por aquel Capitán de la Guardia Civil, y acabó la entrevista con

«YA VEREMOS QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO”.

 

AGUSTÍN PIÑOL RIERA, Coronel Jefe del 24 tercio de la Guardia Civil, con jurisdicción sobre las Islas Canarias, nunca comentó a sus inmediatos subordinados, nada relacionado con el golpe militar, que se veía venir.

Pero si parece ser que el Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Teniente Coronel ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, a espaldas de su Coronel, si estaba actuando por su cuenta en favor del Alzamiento, como se vio una vez iniciado.

Amanece el 18 de julio de 1936, con el Ejército ocupando la capital de Santa Cruz de Tenerife.

Mientras la Guardia Civil estaba acuartelada. Tanto en la Comandancia como en la Casa Cuartel de la calle del Pilar.

Claro está que, reunidos en la Comandancia de la Guardia Civil el Comandante IGNACIO GÁRATE ECHETO, y los Capitanes GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, GORGONIO PÉREZ VELASCO y RAFAEL HERRERA ZAYAS comentarían todo lo que estaba pasando,

Y más cuando en la tarde de aquel sábado 18, se enfrentan Guardia de Asalto y Ejército.

Es en aquella madrugada ya del día 19, cuando por instancia del Capitán GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, deciden presentarse en el despacho del Coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA, para ver claro lo que estaba sucediendo, no sea que se repitiera el fiasco del 10 de agosto del 32, con el General SANJURJO.

El Coronel AGUSTÍN PIÑOL les asegura que no los va a comprometer.

FRANCO ya se había unido a MOLA en el Golpe Militar, Y sería una locura ir contra el Ejército una vez, éste dueño de la situación en Canarias; que tuvieran confianza y que la Guardia Civil estaba para mantener el orden.

Lo que pasó después es conocido.

Pero, en julio de 1939, sobreviene la denuncia de ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, a la sazón Coronel del 22 Tercio en Santander.

Para nada cabe pensar que aquellos cuatro mandos de la Guardia Civil, con un Golpe Militar en marcha, iban a decirle a su Coronel que no estaban conformes con el Alzamiento, y menos, que lo comunicara a Capitanía.

Hubiera sido, para ellos, ponerse por sí mismos, la cuerda al cuello, al confesarse no adictos al Movimiento.

El domingo, 31 de enero de 2010 el periódico EL DÍA de Santa Cruz, publicó un artículo, «MÁS SOBRE LA GUARDIA CIVIL DE SANTA CRUZ«, donde puede verse lo relacionado con la causa nº 88 de 16 de mayo de 1940.

 

MÁS SOBRE LA GUARDIA CIVIL DE SANTA CRUZ

He leído lo publicado en su periódico el 16 de noviembre «La Guardia Civil, siempre en el camino», de María del Pino Fuentes de Armas.

La cita en julio de 1898 y en julio de 1959.

Yo la cito en julio de 1936, por cosas ocurridas en su Comandancia de Santa Cruz en la madrugada del 19 de julio de dicho año, que dio lugar a lo que a continuación transcribo, literalmente sacado del original que en su día perteneció a uno de los oficiales del Cuerpo imputado.

Don MANUEL LOJENDIO CLAVIJO, capitán de Artillería con destino en el Regimiento Mixto de Artillería Número Siete, Secretario de la causa nº 88, seguida contra un jefe y tres capitanes de la Guardia Civil, por denuncia formulada por el teniente coronel de dicho Benemérito Instituto, don ISIDRO CÁCERES Y PONCE DE LEÓN, de la que es juez instructor el coronel de Artillería del Regimiento Mixto Número Siete, don SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ.

«Certifico: que a los folios que se expresan figuran los escritos que copiados dicen:

Auto.- En Santa Cruz de Tenerife, once de abril de mil novecientos cuarenta… Resultado: Que se inició el presente procedimiento en virtud de denuncia formulada por el teniente coronel de la Guardia Civil don Isidro Cáceres y Ponce de León contra el comandante y capitanes de dicho Benemérito Instituto don Ignacio Garate Echeto, don Guillermo Candón Catalayud, don Gorgonio Pérez Velasco y don Rafael Herrera Zayas, en la que se imputaba a los referidos jefes y oficiales que en la madrugada del día 19 de julio de 1936, encontrándose en el despacho del denunciante, que en tal fecha desempeñaba el cargo de jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de este plaza, y en presencia del coronel de dicho Cuerpo don Agustín Piñol Riera, dijeron que «los cuatro habían estado tratando toda la noche lo que había sucedido el día anterior y que habían acordado avisar al coronel Piñol y al denunciante que estaba descansando para que el primero fuera a la Comandancia Militar a hacer presente que no están conformes con el movimiento subversivo de la fuerza militar y de la Guardia Civil, agregando la denuncia que en la mañana de dicho día el teniente coronel Cáceres dio parte verbal de lo ocurrido al coronel de Estado Mayor don Teódulo González Peral que ejercía interinamente el cargo de comandante militar de estas Islas, sin que se tomase entonces una resolución contra los denunciados por la falta de oficiales en que quedaría la comandancia de la Guardia Civil.

Resultado: Que para el esclarecimiento de los hechos prestan declaración el coronel don Agustín Piñol, quien niega categóricamente el contenido de la denuncia informando por el contrario que la conducta de los denunciados en orden al Movimiento Nacional fue de absoluta adhesión sin que en ningún momento se plateasen dudas respecto a dicho punto hasta el extremo de confiárseles misiones incompatibles con el concepto que al denunciante le merecen aquellos oficiales.

Resultando: Que el coronel de Estado Mayor don Teódulo González Peral declara que en la fecha de autos el teniente coronel Cáceres no le dio parte verbal alguno y que sólo unos quince días después le habló de choque de pareceres entre jefes y oficiales de la Guardia Civil, con relación al Movimiento Nacional, pero sin concretar ni especificar nombres.- Resultando: Que los denunciados niegan los hechos que se les imputan y que practicada una prueba complementaria, por declaración de dos individuos de la Guardia Civil, estos nada aportan al procedimiento por no haber sido testigos presenciales de los hecho, ni aducen aclaración alguna por referencias.

Considerando: Que dado el contenido de la prueba vertida en autos si bien no cabe estimar los hechos denunciados como probados a los efectos de dictar una resolución condenatoria, del examen de la declaración prestada por el coronel del Estado Mayor don Teódulo González Peral se deducen que existían entre los jefes y oficiales de la Guardia Civil de esta Comandancia discrepancias en cuanto a su adhesión al Movimiento Nacional por lo que sólo cabe dar al procedimiento una terminación de carácter provisional por si en su día nuevos elementos de juicio hiciesen aconsejable la reapertura del mismo, ya que actualmente se encuentra agotada la investigación sumarial en tal sentido. Considerando: Que dada la naturaleza de los hechos perseguidos es procedente la elevación a causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma conforme al número UNO del Artículo 538 del Código de Justicia Militar.

Visto el expresado precepto, artículo 396 del mismo Cuerpo legal y demás de general aplicación.

Acuerdo: La elevación a causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma. Y remítase los autos al Excmo. Sr. general comandante general de Canarias, autoridad judicial de estas Islas a los efectos de aprobación si así lo estima, debiendo acordarse por esta Autoridad caso afirmativo sobre las diligencias de ejecución pertinentes.

El Auditor.- P.I. Francisco Carnero. Rubricado. Hay un sello que dice: Auditoría de guerra de Canarias. Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de mayo de 1940.

De conformidad con lo expuesto en el Auto precedente, y por los fundamentos del segundo considerando del mismo, elevo este procedimiento a causa, decretando su sobreseimiento provisional; y vuelva la misma al Sr. auditor de guerra de esta Capitanía General, a los fines pertinentes. Serrador. Rubricado. Hay un sello que dice: Capitanía General de Canarias. E.M.

Y para que conste y a petición de la parte interesada expido el presente, visado por S.S. en Santa Cruz de Tenerife a doce de julio de mil novecientos cuarenta.

Vº.Bº. El Coronel Juez Instructor».

De lo que se habló en dicha reunión, me lo reservo, ya que han pasado muchos años, y ninguno de ellos vive para dar más luz a todo esto.

El coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA se retiró de general de División.

El comandante IGNACIO GÁRATE ECHETO, de teniente coronel.

El capitán GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD de General de Brigada, habiendo sido, Jefe superior de Policía en Barcelona y Gobernador Civil y Jefe Provincial del Movimiento en Vizcaya.

El capitán GORGONIO PÉREZ, como así era conocido, de teniente coronel.

El capitán RAFAEL HERRERA ZAYAS, de Coronel.

El Teniente Coronel ISIDRO CÁCERES Y PONCE DE LEÓN, ascendería a Coronel, pasando al retiro en el año 1941.

 [APORTACIÓN DE BALTASAR PÉREZ BES]

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

Nota del editor del blog

La denuncia de ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, sería trasladada por los conductos reglamentarios a la Comandancia General de Canarias, donde su Jefe el General VICENTE VALDERRAMA ARIAS, ordenaría al Coronel SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ la confección de una INFORMACIÓN RESERVADA, que conduciría al procedimiento de Diligencias Previas 225 de 1939, que devendría en Causa 88 de 1940.

Procedimiento 88 de 1940 que sería declarada sobreseído, acabando archivada dentro del legajo 191, bajo la identificación 5842-191-29.

Abundantes detalles de la causa 88 de 1940 han sido publicados en este blog.

 

Los momentos tensos a que hace referencia Don Baltasar, devenían del resultado electoral, emanado de los comicios, que había dado el triunfo a la coalición denominada FRENTE POPULAR.

La reaccionaria y conspiradora derecha española, no aceptaba tal resultado electoral. E hizo todo lo que pudo para provocar una ilegítima rebelión militar, que desató un baño de sangre en España.

DETENCIÓN DE FRANCISCO GASPAR GUILLÉN


3

Señor Asesor Jurídico Militar.

DILIGENCIA . . . . . . . .

Por la adjunta nota de denuncia facilitada por el Capitán de Estado Mayor Sr. Aparicio se ha procedido en el dia de hoy a la detención de FRANCISCO GASPAR GUlLLÉN por proferir amenazas encontra de la fuerza del Ejercito con motivo del fusilamiento del Teniente D. Alfonso Gonzalez Campos.

Este individuo según resulta de las diligencias practicadas es de ideas muy extremistas, al propio tiempo se hace constar que al citar a la Antonia Campos, denunciante de este hecho no ha sido hallada en el domicilio dado por la misma.

Y para que conste pongo estasdiligencias y detenido referido a su disposición, en Santa Cruz de Tenerife a trece de Agosto de mil novecientos treinta y seis.

El Teniente de la Guardia Civil

[Firma rubricada de PEDRO GIMÉNEZ MORENO]

 

Santa Cruz de Tenerife, 13 de Agosto de 1936.

Pase al Auditor de Guerra a los fines legales de justicia, ingresando el detenido FRANCISCO GASPAR GUILLEN en la Prisión Provincial a disposición de aquél.

De orden de S.S.,

El Comandante Jefe de E.M.

[Firma rubricada ilegible del Comandante TRINIDAD DÍAZ GÓMEZ]

[A la izquierda de la firma, está estampado el sello ovalado de la Comandancia Militar de las Islas Canarias E.M.]

 

Rº 2915

 

Cfr.: ATMTQ 3548-148-4.- Causa 160 de 1936.- Folio 3.

PAGANDO POR SER PRISIONERO


ORDEN GENERAL DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 1936

La portada del Boletín Oficial de la Provincia número 113, publicado en Santa Cruz de Tenerife el viernes 18 de septiembre de 1936, comienza con la Orden General del jueves 10 de septiembre de 1936, en la cual se dictan las normas aplicables en los devengos, así como en el pago de los alimentos y estancias, de los presos o detenidos.

Este es el contenido de tal Orden:

Comandancia Militar de las Islas Canarias

ESTADO MAYOR

Orden general del día 10 de Septiembre de 1936

 

Para la aplicación en el Territorio de esta Comandancia Militar, de la orden de la Presidencia de la Comisión del Tesoro Público de Burgos, referente al percibo, justificación y reclamación de devengos, así como el pago de alimentación y estancias de hospital, de funcionarios presos o detenidos, se tendrán en cuenta las ampliaciones siguientes:

1º.- Todo el que practique una detención al dar cuenta de ella a la Comandancia Militar respectiva harán constar la circunstancia de ser funcionario el detenido y la habilitación por donde percibe sus haberes, las comandancias Militares de la Provincia comunicarán estos datos a esta Comandancia Militar con la mayor urgencia: independientemente de ello el Jefe principal de cada dependencia a que pertenezca el funcionario preso o detenido, bien sea del Estado, provincia, Municipio u otro Centro oficial, darán cuenta tan pronto tengan conocimiento de la detención, al director de la Prisión Provincial, comunicándole donde prestaba sus servicios y habilitación por la que percibía sus haberes, bien entendido que se hará en esta forma aunque el causante no esté en la Prisión Provincial, sino en cualquiera de las Prisiones del partido, Depósitos municipales o Prisiones Provinciales de esta provincia.

2º.- La Prisión Provincial formulará cargo mensual por el importe de las estancias causadas, que remitirá a los habilitados respectivos, quienes los harán efectivos directamente en la Caja de la referida Prisión provincial.

3º.- El cumplimiento del requisito expresado en el inciso primero será a partir del día 18 de Julio.

4º.- Cuando la alimentación haya sido facilitada por un centro oficial, distinto a la Prisión Provincial, se pasará cargo por el primero a la referida Prisión, la que procederá en la forma que se indica en el apartado 2º y una vez hecho efectivo por la habilitación correspondiente, se efectuará su compensación.

5º.- La Dirección de la Prisión Provincial en vista de la comunicación recibida del Jefe de principal de cada Dependencia que tenga personal detenido lo pondrá en conocimiento de los Jefes de las prisiones de partido, Depósitos municipales o Prisiones provinciales de esta provincia, para que en primera o de mes redacte por duplicado ejemplar por cada una de las habilitaciones por que perciban sus haberes los detenidos, la relación o el justificante de revista según los casos.

Estos documentos surten los efectos siguientes: Para los militares como justificantes de revista de Comisario; la de los demás funcionarios que cobran por otros Ministerios como documento base para la reclamación de los devengos que les corresponde.

Para los demás detenidos que no perciban haberes por la Mancomunidad, Municipio o Centros Oficiales para la reclamación correspondiente, una cincuenta por plaza, incluido el pan.

Para los que perciben el tercio del sueldo por pertenecer a Mancomunidad, Municipio, etc. Para que efectúen la reclamación correspondiente el Centro de quien dependan, toda vez que su alimentación es con cargo a los haberes que se le reclaman.

Lo que de orden de S.S. se publica en la General de este día para conocimiento y cumplimiento.-

El Capitán Jefe de E.M., Francisco Rodríguez.

Esta Orden General es complementada por un anexo que contiene la copia, autenticada por el Comandante Jefe de E.M. accidental TRINIDAD DÍAZ GÓMEZ, de la resolución dictada por el Presidente de la Comisión del Tesoro Público, en Burgos el 6 de agosto de 1936.

En la misma se especifica el reconocimiento y percibo de haberes del personal que se cita, con este detalle:

Generales, Jefes y Oficiales presos en fortalezas y prisiones como consecuencia del actual Movimiento Libertador del Ejército.

Su situación será de suspensos de empleo y sueldo, reconociendoseles únicamente un tercio íntegro del activo. De 23 de Abril de 1902 C.L. núm. 94 y R.O. de 24 de Febrero de 19213 C.L. núm. 78).

Alimentación.- Cargo a los interesados.

Generales, Jefes y Oficiales enfermos o heridos, no sumados al Movimiento Libertador del Ejército.

La situación de este personal es la de suspensos de empleo y sueldo, reconociendoseles únicamente el tercio íntegro del de activo.

Pagos de estancias. Serán cargo a los interesados.

Cuerpo de Suboficiales y Cuerpo Auxiliar Subalterno del Ejército, presos en Fortalezas y Prisiones, y enfermos o heridos en Establecimientos Militares.

Para la justificación y reclamación de devengos y alimentación de este personal, se tendrá en cuenta lo establecido anteriormente para los Generales, Jefes y Oficiales.

El tercio del sueldo a reclamar estará en armonía con los señalados para el Cuerpo de Suboficiales por la ley de 5 de Julio de 1934 (D.O. núm. 158) y para el Cuerpo Auxiliar Subalterno en sus distintas Secciones por la de 13 de Mayo de 1932 (D.O. núm. 114).

Personal civil dependiente de los distintos Departamentos Ministeriales

El perteneciente a plazas no ocupadas se les reclamará por los habilitados de su Ministerio el tercio de su sueldo de activo en las plazas donde aquellos se encuentran presos, enfermos o heridos, siguiendose igual norma para los que pertenezcan a plazas ocupadas.

La reclamación de estos sueldos la efectuará el habilitado en cada Ministerio en la forma expuesta anteriormente para el personal perteneciente al Ramo de Guerra, siendo cargo a los interesados la alimentación y pago de estancias.

Prisioneros.-

Los que estén en fortalezas o prisiones Militares, se les reclamará por las mismas mediante relación debidamente intervenida el haber del soldado y ración de pan sin derecho a los veinticinco céntimos en concepto de sobras.

Los en Prisiones y Cárceles será cargo a su sostenimiento a las mismas y al mismo capítulo y artículo ordinario.

Las estancias de enfermos o heridos en Hospitales o Enfermerías Militares serán cargo al Establecimiento, reclamándose en la forma establecida para el personal de Guerra sin derecho al socorro de una peseta diaria.

Estancias de individuos enfermos y heridos de las Milicias Armadas, voluntarios para el tiempo de duración del movimiento y personal civil militarizado.

Estas estancias serán cargo al servicio de Hospitales (Sección 4ª Capítulo 3º artículo 2º) entregándose en mano cada individuo una peseta diaria, a excepción del personal civil militarizado que se le reconocerán diariamente siete pesetas.

Resumen:

El prisionero, herido o enfermo debía pagar, por la estancia en la prisión o centro sanitario, y también por la porquería de comida que le era suministrada

Cuando el prisionero era funcionario público, civil o militar, al ser declarado suspenso de empleo y sueldo, tenía derecho al percibo de un tercio de sus haberes íntegros.

Este tercio era reclamado por la prisión correspondiente, y su montante se dedicaba a sufragar los gastos de estancia y alimentación ocasionados por el prisionero.

Al prisionero que no gozaba de la condición de funcionario, se le asignaba para hacer frente a los gastos de estancia y alimentación, la enorme cantidad de una peseta y media, incluido el pan en dicho importe.

¡Cuanta generosidad!

Conclusión:

El desvalido prisionero, además de estar inicuamente emprisionado, debía pagar por estar y por comer en la prisión.

Todo ello como consecuencia del Movimiento Libertador del Ejército.

A LA GUERRA EN VAPOR NORUEGO


También de nuestra isla van a luchar a España

 Ayer, -a las 5 de la tarde y en el vapor noruego “Bajamar” han embarcado con rumbo a la  Península, el coronel de Artillería y Presidente del Cabildo Insular de Tenerife don Joaquín García Pallasar, comandante jefe de Estado Mayor don Trinidad Díaz Gómez, capitanes de Artillería Espejo, Pardo y Gil de León, teniente de Infantería don Alvaro Martin, los médicos de esta don Tomás Zerolo y don Manuel Villalta y el alférez de complemento don Maximiano Martínez.

A despedirles acudieron el comandante Militar don Teódulo González Peral, Jefes y oficiales francos de servicio y representaciones de Acción Ciudadana y Falange Española, además de numerosos amigos de los expedicionarios, Antes de soltar amarras, el señor comandante Militar dirigió la palabra a los que quedaban en tierra, con frases muy breves por impedírselo una intensa y visible emoción; por conducto del coronel señor García Pallasar envió un saludo al Ejército de la Península, que tan bravamente lucha, y en la persona del comandante Díaz Gomez un abrazo para el general Franco. siendo aplaudidísimo.

Contestó el coronel Garcia Pallasar, con vivas a España, al Ejército y al general Franco, que fueron clamorosamente vitoreados.

Cuando el barco emprendía su marcha, aún duraban los aplausos en el muelle viéndose en los rostros la noble envidia de ver a los compañeros acudir a tomar parte activa en la conquista  de la Patria.

 Cfr.:

LA GACETA DE TENERIFE.- Número 8620.- Domingo 30 de agosto de 1936. Página 5.

SE NEGÓ A CUMPLIR LAS ÓRDENES QUE RECIBIÓ DEL GOBERNADOR


ESTEBAN COMPANY RIBERA había nacido el once de agosto de 1902, en Gergal, provincia de Almería, siendo hijo de María Ribera Rius y Trinidad Company Márquez.

El 8 de agosto de 1919, ingresó en el Ejército como educando de música, ascendiendo paulatinamente a Cabo y Sargento por elección.

El 10 de julio de 1927 es ascendido a Suboficial por méritos de guerra, acreditados en la Campaña de África, dentro del Protectorado Español de Marruecos, siendo luego promovido por antigüedad a Subayudante (1932), Alférez (1934) y Teniente (1935).

El 8 de septiembre de 1934, estando en el Regimiento de Infantería nº 8, en La Coruña, con el empleo de Alférez, formuló esta preceptiva declaración:

Don ESTEBAN COMPANY RIVERA declara no pertenecer como socio, afiliado, o adherido, a ningún Centro, partido aprupación,o sociedad de carácter político,ni a organización o entidad de caracter sindical,a tenor de los articulos 1º y 2º de la O.C. del Ministerio de la Guerra de 19 de Julio de 1.934 (D.O. núm. 165),

La Coruña 8 de septiembre de 1.934

El Alférez

[Firma rubricada, enrevesada e ilegible]

Notas de concepto

Valor Acreditado
Espíritu militar Mucho
Dotes de mando Mucho
Carácter Enérgico
Conducta Buena
Aptitud física Buena
Salud Buena
Táctica Bueno
Armamento y material Bueno
Técnica militar Bueno
Capacidad para funciones administrativas Bueno
Aptitud para cargos judiciales Bueno
Conocimientos sobre Reclutº y Movilización Bueno
Preparación para el profesorado Bueno
Actividad profesional en que más se distingue Mando de Armas
Técnica facultativa Bueno

Por orden circular de 9 de marzo de 1936, es destinado al Cuerpo de Seguridad y Asalto en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, destino que solicitó al serles expuesto a los Oficiales del Destacamento de La Orotava por el Capitán de su compañía Eduardo Pintado Verde, los deseos de S.E. el comandante General del Archipiélago Don Francisco Franco Bahamonde, de que un Oficial de confianza pasase a dichas fuerzas por ser las únicas que no le ofrecían garantía. El día 20 de marzo de 1936 se incorpora quedando destinado en la compañía de Asalto de la plantilla de Tenerife (Canarias), desde cuya fecha mantiene siempre contacto con sus jefes y compañeros del destacamento de La Orotava, informándoles de cuantos asuntos y noticias conocía procedentes del Gobierno Civil y que pudieran ser perjudiciales para la Patria y para el ejército, manteniendo a la vez enlace con los Jefes y Oficiales de la Comandancia General y personalmente con los ayudantes de de S.E. facilitándoles a unos y a otros confidencias y aquellos datos que podían prevenirles contra servicios y actos que se realizaban y atentaban, incluso a la seguridad personal de S.E.; enterado el Gobernador Civil que se reunía con sus compañeros de armas, por dos anónimos que recibió delatándole como peligroso para la funesta política del Frente Popular, le prohibió residir en La Orotava y frecuentar la Comandancia General sin razón justificada y en todo caso, con su autorización, a pesar de lo cual continuó su labor patriótica, único objeto que le movió a solicitar el destino al Cuerpo de Seguridad y Asalto.

El día 28 de mayo de 1936 fue designado por el Gobernador Civil para reforzar con su Sección la plantilla de Las Palmas (Gran Canaria) con motivo de la huelga general declarada en el Puerto de La Luz (Gran Canaria), y en los pueblos de Telde y Arucas de aquella Isla, embarcando el mismo día en Tenerife y desembarcando el día 29 en Las Palmas, haciendo su presentación al Gobernador Civil de aquella capital quién le encomendó la misión de de intervenir con sus fuerzas a restablecer la normalidad en el pueblo de Telde, adonde se trasladó en dicho día con su Sección, montando los servicios de seguridad en el pueblo juntamente con una sección de la guardia civil que al mando de un alférez procedente de Las Palmas se le presentó quedando a sus órdenes; intervino personalmente en la suspensión de un acto comunista que se celebraba sin autorización gubernativa en el cine bajo la presidencia del diputado comunista por Las Palmas Suárez Morales, y en el mismo momento de su intervención, teniendo que proceder para restablecer la normalidad en la población a la detención de todos los asistentes a dicho acto de filiación comunista conduciéndolos a Las Palmas, no sin antes haber dejado normalizada la vida local, ordenando abrir los comercios, ejercitar sus funciones al ayuntamiento y hacer devolver a sus legítimos dueños las propiedades de que habían sido expropiados; terminada la comisión regresó a Tenerife el día 5 de junio de 1936.

El día 18 de julio de 1936 a las 2 horas se encontraba de servicio que previamente, a voluntad propia y con autorización del Capitán de su Compañía había cambiado con otro compañero, por constarle que en dicho día se produciría el Alzamiento Nacional por las relaciones que mantenía con los Ayudantes de S.E. el General Franco. A dicha hora, haciendo el recorrido del servicio por la capital y acompañado por Clases y Guardias de su compañía se dirigió al Gobierno Civil por saber que de un momento a otro se precipitarían los acontecimientos, lo que le dio motivo a presenciar la llegada a dicho Centro de un repartidor de Telégrafos con un telegrama para el gobernador manifestando que habían comunicado desde Madrid que se lo entregase con urgencia. No habían transcurrido cinco minutos cuando desde el balcón de su despacho el Gobernador le llamó mostrándoles un telegrama del Ministro de Gobernación, el que más tarde fue descifrado por su Secretario particular, comunicándole el alzamiento en Marruecos y Baleares, dándole normas para sofocarlo en el caso de producirse en Tenerife, donde se hallaba destinado el Excmo. Sr. General don Francisco Franco Bahamonde. Se negó a cumplir las órdenes que recibió del Gobernador de reunir los Guardias en el gobierno y mucho más de oponerse a todo movimiento militar, saliendo del despacho y comunicando a las fuerzas de su compañía que le esperaban en la puerta, tan grata noticia, ordenando a las Clases retirar los servicios de los Centros oficiales y vía pública menos el del Gobierno Civil, así como llamar a domicilio a los guardias y reunir la Compañía en su cuartel; marchó a dar cuenta a su Capitán Don Victor Cortez a su domicilio, trasladándose seguidamente al cuartel en que se hallaba reunida la fuerza que componía su compañía, hablándoles en términos patrióticos del significado del Movimiento dando todos su conformidad de sumarse al mismo. A las 5 horas y una vez que el Capitán llegó al cuartel y se hizo cargo del mismo, salió con dirección al Gobierno civil en donde tomó el mando de las fuerzas que prestaban servicio en dicho Centro, recibiendo a las fuerzas del ejército que proclamaron el estado de Guerra en la Plaza entregando al Jefe que las mandaban comandante de Infantería Don Alfonso Moreno Ureña el Gobierno Civil en cuyo despacho se encontraba el Gobernador Civil, el Secretario particular y el comisario de Policía, considerando terminada desde este momento su misión por la que había pasado al Cuerpo de Seguridad y Asalto, se presentó en la Comandancia General al Sr. Coronel Jefe de Estado Mayor Don Teódulo González Peral, quedando a sus órdenes y prestando cuantas servicios le fueron encomendados tales como registros y detenciones de extremistas en la capital; clausuró la redacción del periódico socialista “En Marcha” deteniendo al personal de la misma incautándose de la tirada de dicho periódico preparada para este día entregándola en la Comandancia General al Sr. Coronel ya referido. A las 15 horas fue llamado al Gobierno Civil por el nuevo Gobernador Coronel de Artillería Sr. Fuentes para que le informara con respecto a los funcionarios del gobierno por considerarle por su destino de Oficial de Asalto autorizado a prestarle dicho servicio, permaneciendo con S.E. hasta las 18 horas en que avisado por el Inspector de Policía Don Francisco Morales que su Compañía de Asalto se hallaba en el Cuartel sublevada, marchó al mismo comprobando tal extremo; penetró en el edificio llamando primero por teléfono a la comandancia General poniendo el hecho en conocimiento del Comandante de Estado Mayor Don Trinidad Díaz Gómez; acto seguido se aprestó a sofocar la sublevación no pudiendo evitar salieran a la calle elementos del cuerpo con un Oficial que ya habían ganado la puerta cuando regresó del teléfono, pero si evitó que el resto de las fuerzas llevase a cabo tan descabellada empresa, con riesgo de su propia vida dado el estado0 de exaltación de los guardias que le amenazaban seriamente al ver que se oponía a la realización de sus propósitos; transcurridos unos momentos en la que aumentaba la excitación de los sublevados y se hacía ya imposible la lucha en la puerta para contenerlos por oírse gran tiroteo en dirección al Gobierno civil entre las fuerzas del ejército y los sublevados que habían salido en un principio, se oyó un gran tropel debido a la carrera desenfrenada que estos últimos traían hacia el cuartel a excepción de cinco y el Oficial. Una vez éstas entraron en el edificio sus compañeros se dieron cuenta de la superioridad de las fuerzas del ejército, por el relato que ellos les hicieron, se apoderó de unos el pánico y en otros aumentó el deseo de venganza, porque igualmente les comunicaron la muerte del Cabo Muñoz al intentar aproximarse a la puerta del Gobierno Civil. Transcurridos unos momentos en que parecía dominar el criterio de los más exaltados, de aprestarse a la defensa del edificio y vengar la muerte del compañero; aprovechó el estado de ánimo de los que dando muestras de abatimiento estaban indecisos, realizó sobre ellos una labor de captación dando por resultado hacerse un bando a su favor que acompañándole en su gestión pudo conseguir retirar de las ventanas y balcones a los que ya se habían preparado para la absurda defensa del Cuartel. Una vez logrado que toda la fuerza depusiera su actitud hostil y violenta, formó la compañía arengándoles y exhortándoles a que depusieran las armas, lo que se llevó a cabo recogiéndolas y entregándolas personalmente en el depósito de armamento. Comunicó por teléfono a la Comandancia General al Sr. Coronel Jefe de Estado Mayor Don Teódulo González Peral que la Compañía había depuesto las armas y estaba en disposición de ser entregada, mandando a tales efectos dicho Jefe fuerzas de la Guardia Civil al mando del Capitán Don Rafael Herrera Zayas, quien a las 22 horas se hizo cargo del personal, armamento y municiones de que se disponía. Se trasladó acto seguido a la Comandancia General con el Comandante de dicho Centro don José Zamorano Lomelino, quien vino a buscarle en coche, recibiendo a su llegada felicitaciones por su actuación de cuantos Jefes y Oficiales allí se encontraban especialmente del Sr. Coronel Jefe de Estado Mayo Don Teódulo González Peral quien le abrazó y felicitó en nombre del S.E. el General Franco que se encontraba en Las Palmas y a quien, dijo, había tenido al tanto de los hechos ocurridos por el hilo directo. El día 19 continuó prestando servicios a las ordenes de la Comandancia General efectuando registros y detenciones en la Capital de extremistas significados, el día 22 le fue ordenado trasladarse al pueblo de Garachico para proceder a la incautación de una emisora clandestina, saliendo de Santa Cruz en coche a las 10 horas acompañándole el Capitán de Artillería destinado a la Comandancia General don Fernando López Pozas; al llegar a dicho pueblo llevó a cabo el servicio encomendado y cuando se disponía a regresar a Tenerife con la emisora se le presentó el Alcalde del vecino pueblo de Los Silos manifestando que su pueblo estaba desconfiado siendo conveniente que se les hablase de la verdadera marcha del Movimiento Militar pues estaban malintencionados oyendo radio Madrid. Con la venia del Capitán envió la emisora a Tenerife, trasladándose a Los Silos donde dirigió la palabra al pueblo, levantando el espíritu del vecindario que vitoreó con entusiasmo a España, al Ejército y a Franco. Continuó viaje a Buenavista por conocer el extremismo del pueblo en el que efectivamente existía anormalidad absoluta, estando todo cerrado e incluso el ayuntamiento por haber huido al monte el personal que constituía la Corporación del Frente Popular. Puso el hecho en conocimiento de la Comandancia General telefónicamente, recibiendo orden del Sr. Coronel Jefe de Estado Mayor Don Teódulo González Peral de reclutar voluntarios en los pueblos de Buenavista y Los Silos y con siete soldados que llevaba de escolta procediese a la busca y captura de los huidos; recluté seis paisanos en la tarde del día 22, presentándosele en la madrugada del día 23 un Sargento y 17 soldados del destacamento de Garachico por disposición de la Autoridad Militar, interviniendo con dichas fuerzas en los montes de Teno dando batidas hasta el día 25 a las 12 horas que fueron capturados los huidos con armamento a los cuales condujo y entregó en la Comandancia General de Tenerife, no sin antes haber hecho que entregasen a la Comisión Gestora nombrada, el Ayuntamiento. Asimismo dispuso sacar una copia del acta de la sesión celebrada por este Ayuntamiento en la que se acordaba solicitar del Gobierno la destitución de S.E. el General Franco Comandante General del Archipiélago Canario, cuya copia entregué en la Comandancia General de Tenerife. El día 26, cumpliendo órdenes de la Superioridad se trasladó nuevamente a Garachico procediendo al desarme y detención de elementos extremistas. Enterado de que en el pueblo de Icod sucedía lo mismo que en Buenavista, se trasladó al mismo organizando servicios y batidas en los montes de Icod, realizándolas hasta el día 15 de agosto deteniendo en el transcurso de este tiempo  a cuantos izquierdistas significados y peligrosos descubrió conduciéndolos a Tenerife; extendió su acción a otros pueblos del norte de la isla sorprendiendo federaciones comunistas que se reunían clandestinamente a altas horas de la madrugada, como la de “El Tanque” y “La Culata” deteniéndolos en pleno y clausurando los locales, conduciendos a sus componentes a Santa Cruz de Tenerife. El día 16 fue honrado por el Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia con el nombramiento de Delegado Gubernativo, para dar forma legal a las Gestoras de la isla y nombrarlas en aquellos pueblos que aún no se había hecho, lo que efectuó mereciendo siempre la aprobación de S.E. llevando paralela a esta gestión la de desarme y detención de cuantos elementos peligrosos iba descubriendo en los diferentes pueblos donde actuaba.

Terminada esta comisión, el día 10 de septiembre, procedió a la recluta de elementos falangistas para organizar la 1ª bandera de Falange de Tenerife los que transportó en camiones a La Laguna, adonde llegó a las 23 horas de dicho día, acuartelándolos en el Seminario. Fue nombrado por la Autoridad Militar de Tenerife Instructor de dicha fuerza en cuyo cometido continuó hasta el día 13 de octubre en que, encuadradas las mismas en Unidad tipo Batallón, con mandos militares, quedó organizada a 1ª Bandera de Falange de Tenerife, que fue revistada a las 15 horas de este día por el Excmo. Sr. Comandante General Don Angel Dolla Lahoz, desfilando más tarde por las calles de Tenerife, embarcando para la Península a las 19 horas mandando la 1ª Falange de la 2º Centuria al mando del Capitán de Artillería don Fernando López Pozas, estando la Bandera al mando del Comandante de Infantería Don Francisco Sánchez Pinto. Embarcó la Bandera en unión de fuerzas de Artillería e Infantería de Tenerife y Las Palmas, formando convoy. El día 15 navegando en alta mar fue descubierta la escuadra roja que iba al encuentro del convoy, por lo que se dispuso virar y poner proa hacia Las Palmas llegando el día 17, permaneciendo en dicho puerto hasta el día 19 que nuevamente zarpó con destino a la Península, desembarcando en el puerto de Vigo (Pontevedra) el día 26 a las 12 horas, desfilando por las calles de Vigo hacia la estación, desde donde en tren militar se dirigió con su Unidad a Talavera de la Reina (Toledo), llegando el día 27 a las 13 horas, quedando acuartelado en el Seminario Menor, el día 28 fue revistada la bandera en los jardines del Prado por el Sr. Coronel Don Juan Yagüe Blanco, quien felicitó a su Jefe y Oficiales por las marcialidad y alto espíritu militar y patriótico de que iban dotados; ocupando el día 29 posiciones de 1ª línea del sector del Tajo y servicios de protección a los campos de aviación de Gamonal y Velada. El día 17 de Noviembre rechazó con las fuerzas de su Bandera el ataque que los rojos lanzaron sobre Talavera de la Reina (Toledo) siendo el enemigo duramente castigado. De servicios de campaña en las posiciones citadas finaliza el año.

Cfr.: Archivo General Militar de Segovia.

* * * * * * * * *

Compárese este autocomplaciente texto de la Hoja de Servicios de ESTEBAN COMPANY RIBERA, con lo declarado ante el Juez Instructor en el folio 16 de la Causa 50 de 1936 [6401-207-1], publicado en https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2011/09/22/declaracion-del-teniente-esteban-company-ribera/

* * * * * * * * *

ESTEBAN COMPANY RIBERA escalaría hasta Teniente Coronel de Infantería.

FIN DEL PROCEDIMIENTO 88 DE 1940


Decretado el sobreseimiento de la Causa 88 de 1940, solo restaba comunicar su resolución a los afectados por la peregrina denuncia efectuada por ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, cuyo testimonio ha quedado desacreditado.

El Juez Instructor, Coronel de Artillería SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ, ordena en oportuna providencia de fecha 4 de junio de 1940, que se notifique el auto de sobreseimiento a los encartados; a los presentes en la Plaza, previa citación y a los ausente por medio de exhorto.

Y así lo ejecuta el Secretario, Capitán MANUEL LOJENDIO CLAVIJO.

1.-

El 12 de julio de1940 a las once horas, es notificado el Comandante GORGONIO PÉREZ VELASCO, que se presentó ante S.Sª y el Secretario, que da fe en oportuna diligencia.

2.-

Al dia siguiente y misma hora, comparece RAFAEL HERRERA ZAYAS, quien seguía con el mismo grado de Capitán de la Guardia Civil.

3.-

A IGNACIO GÁRATE ECHETO se le envía el oportuno exhorto a Alicante, donde desempeñaba el cargo de Teniente Coronel Primer Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, siéndole comunicado el 12 de septiembre de 1940.

4.-

En Madrid, el 13 de noviembre de 1940, le es notificado el auto de sobreseimiento a GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, que ya era Comandante, estando destinado en la Inspección General de la Guardia Civil, como Ayudante del General 2º Jefe, AGUSTÍN PIÑOL RIERA.

* * * * * * * * *

La orden de archivo de esta Causa número 88 de 1940 [5842-191-29], es de fecha 30 de diciembre de 1940, estando firmada por el general de división RICARDO SERRADOR SANTÉS, General Jefe de las Fuerzas de Tierra, Mar y Aire de las Islas Canarias, y Capitán General de este Archipiélago.

CAPITÁN GENERAL SERRADOR DECRETA SOBRESEIMIENTO



 O.555.104

78

Santa Cruz de Tenerife 16 de Mayo de 1.940

De conformidad con lo expuesto en el Auto precedente y por los fundamentos del segundo considerando del mismo, elevo este Procedimiento a Causa, decretando su sobreseimiento provisional; y vuelva la misma al Sr. Auditor de Guerra de esta Capitanía  General a los fines pertinentes.

Serrador

[Firma rubricada]

 

Debajo y a la izquierda de la rubricada firma del Capitán General de Canarias, general de división Ricardo Serrador Santés, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda CAPITANIA GENERAL DE CANARIAS – E.M.

A la derecha de este sello elíptico, hay otro sello rectangular, en tinta roja, dentro del cual se lee:

COMANDANCIA GENERAL

CANARIAS

REGISTRO DE SALIDA

Número 20774

PROVIDENCIA DEL SEÑOR AUDITOR

En Santa Cruz de Tenerife a veinticuatro de Mayo de mil novecientos cuarenta.

Firme la resolución dictada en esta Causa que queda registrad al número 88 de esta Auditoria, vuelvan las actuaciones al Juez Instructor para práctica de las diligencias de ejecución pertinentes.

EL AUDITOR

P.I.

Francisco C Moscoso

[Firma rubricada]

A la izquierda de la rubricada firma del Auditor FRANCISCO CARNERO MOSCOSO, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS – Santa Cruz de Tenerife.

Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folio 78.

AUTO DE SOBRESEIMIENTO DEL AUDITOR FRANCISCO CARNERO



O.555.103

77

AUTO.-

En Santa Cruz de Tenerife a once de Abril de mil novecientos cuarenta.

RESULTANDO

Que se inició el presente procedimiento en virtud de denuncia formulada por el Teniente Coronel de la Guardia Civil Don Isidro Cáceres y Ponce de León contra el Comandante y Capitanes de dicho Benemerito Instituto DON IGNACIO GARATE ECHETO, DON GUILLERMO CANDON CALATAYUD, DON GORGONIO PEREZ VELAZCO y DON RAFAEL HERRERA ZAYAS en la que se imputaba a los referidos Jefe y Oficiales que en la madrugada del dia 19 de Julio de 1936, encontrándose en el despacho del denunciante, que en tal fecha desempeñaba el cargo de Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de esta Plaza, y en presencia del Coronel de dicho Cuerpo, Don Agustin Piñol Riera, dijeron que “ los cuatro habían estado tratando toda la noche anterior lo que había sucedido el anterior y que habían acorado avisar al Coronel Piñol y al denunciante que estaban descansando para que el primero fuera a la Comandancia Militar a hacer presente que no estaban conformes con el movimiento subversivo de la fuerza militar y de la Guardia Civil”, agregándola denuncia que en la mañana de dicho dia el Teniente Coronel Cáceres dio parte verbal de lo ocurrido al Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral que ejercía interinamente el cargo de Comandante Militar de estas Islas, sin que se tomase entonces una resolución contra los denunciados por la falta de Oficiales en que quedaría la Comandancia de la Guardia Civil.

RESULTANDO:

Que para el esclarecimiento de estos hechos prestan declaración al Coronel Don Agustin Piñol, quien niega categóricamente el contenido de la denuncia informando por el contrario que la conducta de los denunciados en orden al Movimiento Nacional fue de absoluta adhesión sin que en ningún momento de planteasen dudas respecto a dicho punto hasta el extremo de confiárseles misiones incompatibles con el concepto que al denunciante le merecen aquellos Oficiales.

RESULTANDO:

Que el Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral declara que en la fecha de autos el Teniente Coronel Cáceres, no le dio parte verbal alguno y que solo unos quince días después le habló de choque de pareceres entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, con relación al Movimiento Nacional, pero sin concretar ni especificar nombres.

RESULTANDO:

Que los denunciados niegan los hechos que se le imputan y que practicada una prueba complementaria, por declaración de dos individuos de la Guardia Civil, estos nada aportan al procedimiento por no haber sido testigos presenciales de los hechos, ni aducen aclaración alguna por referencias.

CONSIDERANDO:

Que dado el contenido de la prueba vertida en autos, si bien no cabe estimar los hechos denunciados como probados a los efectos de dictar una resolución condenatoria, del examen de la declaración prestada por el Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral se deduce que existían entre los Jefes y Oficiales de la Guardia Civil de esta Comandancia, discrepancias en cuanto su adhesión al Movimiento Nacional porque solo cabe dar al procedimiento una terminación de carácter provisional por si en su dia nuevos elementos de juicio hiciesen aconsejable la reapertura del mismo, ya que actualmente se encuentra agotada la investigación sumarial en tal sentido.

CONSIDERANDO:

Que dada la naturaleza de los hechos perseguidos es procedente la elevación a Causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma conforme al nº 1º del Artº 538 del Código de Justicia Militar.

Vistos el expresado precepto, artículos 396 del mismo Cuerpo legal y demás de general aplicación.

A C U E R D O:

La elevación a Causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma. Y remitase los autos al Exmo. Sr. General Comandante General de Canarias, Autoridad Judicial de estas Islas a los efectos de aprobación si asi lo estima, debiendo acordarse por esta Auditoria caso afirmativo sobre las diligencias de ejecución pertinentes.

EL AUDITOR

P.I.

Francisco C Moscoso

 [Firma rubricada]

A la izquierda de la rubricada firma del Auditor FRANCISCO CARNERO MOSCOSO, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS – Santa Cruz de Tenerife.

Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folio 77.

AUTO DEL JUEZ CORONEL SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ



EXCMO. SEÑOR:

Don Salvador Iglesias Dominguez Coronel de Artilleria, Juez Instructor de las presentes diligencias previas, tiene el honor de formular su dictamen conforme a lo prevenido en el articulo 532 del Código de Justicia Militar en los siguientes términos: Se iniciaron estas actuaciones con el carácter de información el dia 28 de Julio de 1.939 en virtud de orden del Excmo. Sr. General Comandante General de Canarias, que obra, al folio 1º.

Tomadas las declaraciones pertinentes a los Señores, Coronel de Estado Mayo, Don Teodulo González Peral, y los Capitanes de la Guardia Civil D. Guillermo Candon Calatayud, Don Gorgonio Pérez Velasco y D. Rafael Herrera Zayas, presentes en esta Plaza, de ellas se desprenden los siguientes hechos:

Es unánime la afirmación de que las órdenes de acuartelamiento y distribución de fuerzas de la Guardia Civil, para cooperar al Movimiento Nacional han sido dadas por el entonces, Sr. Coronel Piñol y no por el Tte. Coronel Cáceres, como este asevera en su escrito. El Capitán Candon (folio 4 y siguiente), como Ayudante del Sr. Coronel Piñol y como persona de absoluta confianza, afirma que de notar tibieza su Coronel en alguno de sus subordinados, hubiera tomado0 con él, idéntica determinación, que con el Tte. Coronel Baraibar Jefe de la Comandancia de Las Palmas, a quién se destituyó por no sumarse al Movimiento.

El Capitán Herrera, que prestó repetidos servicios, según comprobantes que exhibe (folio 6 vuelto y siguiente) durante el dia 18 y posteriormente como Capitán de confianza del fallecido General Dolla en la Isla de La Palma, manifiesta que el Tte. Coronel Sr. Cáceres, le ofreció puesto de confianza a su lado, caso de ser nombrado para cargos superiores que esperaba.

El Capitán Pérez Velasco, (folio 11 vuelto y siguiente) corrobora las manifestaciones de los otros Capitanes y que por parte de todos, era franco el deseo de seguir en el Movimiento Militar iniciado.

Es también unánime la afirmación de que entre el Sr. Coronel Piñol y el Tte. Coronel Sr. Cáceres, había manifiesta animosidad y que el origen del parte por escrito, obedece a este hecho y al de ponerse de parte del parte del Sr. Coronel todos los Jefes y Oficiales de la Comandancia de la guardia Civil.

Por último, la declaración del Sr. Coronel González Peral, niega haber recibido del Tte. Coronel Sr. Cáceres, parte verbal en la mañana del dia 19 de Julio sobre la supuesta disconformidad con el Movimiento Nacional del Comandante Gárate y los tres Capitanes. Unicamente pasados unos 15 dias y con carácter confidencial, le habló del choque de pareceres entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, en pró y en contra del Movimiento, en la tarde del dia 18, antes del intento de asalto al Gobierno Civil por las turbas y Guardias de Asalto, sin que nu8nca pasara en repetidas manifestaciones de este carácter confidencia e ignorando que tales manifestaciones fueran también hechas al Sr. General Dolla, ya fallecido,

Confirma dicho Sr. Coronel la pugna existente entre el Tte. Coronel Sr. Cáceres y demás Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, dando esto lugar a que considerara apasionadas aquellas manifestaciones y a que posteriormente pidiera la Comandancia Militar a la Superioridad en telegrama cifrado, que el Tte. Coronel Sr. Cáceres fuera trasladado a la Península por el ambiente desfavorable que existía contra él.

Elevada esta información a diligencias previas, según folio 15, se amplían estas declaraciones con las del Comandante Gárate y la del Excmo. Señor General Piñol, asi como la de los Guardias, Grijalbo y Montabán, que según declaraciones del Sr. Coronel Cáceres (folio 34), habían oído algo, de discusión entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil.

En la ratificación del parte del Sr. Coronel Cáceres, se ratifica dicho Jefe en que hasta las 18 y 30 horas del dia 18, no ocurrió nada ni en el Cuartel ni en las Oficinas de la Guardia Civil, estando en contradicción esta manifestación, con lo declarado por el Guardia Montalbán que dice (folio 72) oyó desde el pasillo, en la tarde del 18, discusiones en voz alta, que cree partian de las Oficinas del Primer Jefe, sin poder precisar quienes eran.

El Guardia Grijalbo, dice que nada oyó ni pudo oir, (folio 38 vuelto), por estar de servicio en la noche del 18 al 19 de Julio en la azotea de la Fábrica de cigarrillos “La Lucha”.

En la declaración prestada por el Comandante Sr. Gárate, (folio25) niega hubiera la menor tibieza o disconformidad con el Movimiento Nacional como lo prueba, los repetidos servicios prestados por los Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, siendo el declarante el designado para prestar servicios en la Comandancia General como enlace con la Guardia Civil, logrando reanudar los trabajos en el Puerto y haciendo las redadas de elementos peligrosos, contrarios al Movimiento; la declaración del Sr. Coronel de Estado Mayor D. Teodulo González Peral (folio 54 vuelto), confirma estos asertos. En la declaración del Exmo. Señor General Piñol (folio 50 y 51) afirma que desde el primer momento tomó el mando y dirección de servicios de la Guardia Civil, llevando el Ayudante del Tercio, Sr. Capitán Candon todas las papeletas del servicio, a cuyos servicios coadyuvaron todos, sin tener necesidad de tomar medida alguna, en contra de sus subordinados, por tibieza o desafección con el Movimiento Nacional. Manifiesta ignorar que el Tte. Coronel Sr. Cáceres, le diera cuenta al Sr. Coronel de Estado Mayor, Peral, y más tarde al Excmo. Señor General Dolla, de supuestas desafecciones por parte del Jefes y Oficiales de la Guardia Civil; declara que en dos ocasiones, llamó la atención a dicho TTe. Coronel Sr. Cáceres por obrar por su cuenta, visitando la Comandancia General, descuidando sus principales ocupaciones.

Manifiesta igualmente, el Excmo. Señor General Piñol, (folio 51) que debido a actuaciones del Tte. Coronel, que considerolas impropias, pidió al Excmo Señor Comandante General de Canarias D. Carlos Guerra le relevara a dicho Jefe, pasando entonces disponible a Valladolid.

Nueva declaración del Sr. Coronel de Estado Mayor D. Teodulo (folio 54, 55 y 56), confirma los servicios prestados desde el primer momento por el Comandante Gárate y el Capitán Herrera, sin que por parte del entonces Sr. Coronel Piñol, ni el Tte. Coronel Sr. Caceres, se hicieran observaciones alguna sobre estos nombramientos, en relación con la confianza que inspiraban a favor ó en contra del Glorioso Movimiento Nacional.

Insiste dicho Sr. Coronel Peral, en que la confidencia verbal y reservada que le hizo el Tte. Coronel Sr. Caceres, fue unos 15 dias después del 18 de Julio del 36, sin dar nombres de personas y refiriéndose a hechos ocurridos en la tarde el 18 de Julio y nó en la madrugada del dia 19, como declara en su escrito y ratificación el Tte. Coronel Sr. Cáceres.

Y creyendo el Jefe que suscribe, que se han practicado todas las diligencias necesarias para esclarecimientos de los hechos que motivaron el parte, tiene el honor de elevar a V.E. los autos a los efectos del Art, 533 del Código de Justicia Militar.

Santa Cruz de Tenerife, 20 de Marzo de 1.940. “AÑO DE LA VICTORIA”

EXCMO. SEÑOR:

Salvador Iglesias

[Firma rubricada]

 Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folios 74 y 75.