REBELIÓN EN VALLEHERMOSO DE LA GOMERA


 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                            Año de 1.936

 

7921 – 254  – 10

Juzgado Militar Especial

Sumarísimo núm. 116.

.

 

Contra el Brigada de la guardia Civil, don Francisco Mas Garcia, Guardias civiles a sus ordenes, y otras personas, por el presunto delito de rebelión en el pueblo de Vallehermoso (Gomera).

 

Ocurrio el hecho el día 24 de Julio de 1.936.

 

Principio este actuado el dia 6 de Agosto de 1.936.

 

 

 

Juez Instructor.

Secretario

El Teniente Auditor de Complemento

El Sargento de Infanteria

D. Pablo Hurtado Izquierdo

D. José Pérez Rivero

 

 

Cfr.: ATMTQ 7921-254-10.- Causa 116 de 1936.- Cubierta.

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN DE MANUEL QUINTANA FLORENTINO


K.3.224.388

159

 

DON JOSE RUIZ DE ARTEAGA Y DE GUEZALA JUEZ MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL DE LA MISMA

CERTIFICO: Que al folio ciento sesenta y siete vuelto del tomo noventa y ocho de la sección tercera de este Registro Civil a mi cargo, obra el acta que copiada literalmente es como sigue:

Número 530.

“En Sta. Cruz de Tenerife provincia de Tenerife a las diez y treinta minutos del día veintisiete de Agosto de mil novecientos treinta y seis ante D. José Ruiz de Arteaga y Guezala Juez Municipal y D. Carlos de la Concha y Palacio Secretario se procede a inscribir la defunción de D. Manuel Quintana Florentino de veintisiete años de edad, natural de Vallehermoso (Gomera) provincia de Sta Cruz de Tfe. – hijo de Dª Francisca domiciliado en la Gomera, de profesión jornalero y de estado casado con Doña Carmelina Amaya Ramos de cuyo matrimonio deja una hija llamada Maria; falleció en la Batería de Barranco del Hierro el día de hoy a las cinco y treinta minutos, a consecuencia de hemorragia interna según resulta del reconocimiento practicado, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.- Esta inscripción se practica en virtud de comunicación del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de esta Capital.- consignándose además que no otorgó testamento habiendola presenciado como testigos D. Venancio Afonso Fajardo y D. Angel Méndez Fuentes, mayores de edad y vecinos de esta Capital.- Leida esta acta, se sella con el del Juzgado y la firma el Sr. Juez, los testigos de que certifico.- José Ruiz Arteaga y Guezala.- V. Afonso.- A. Mendez.- Carlos de la Concha; rubricados.- Hay un sello que dice Juzgado Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Es copia conforme de su original a que me refiero y para que asi conste y remitir al Sr. Capitán Juez del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de Canarias, explido la presente en Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Agosto de mil novecientos treinta y seis

José Ruiz de Arteaga Guezala

El Secretario

[Rúbrica de Carlos de la Concha y Palacio]

A la izquierda de la firma del Juez Municipal JOSÉ RUIZ DE ARTEAGA Y DE GUEZALA hay un sello elíptico en tinta, con el escudo republicano rodeado por la leyenda

Registro Civil del Juzgado Municipal SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Cfr.: ATMTQ 7921-254-10. Causa 116 de 1936 .- Folio 159.

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN DE RAMÓN CABRERA BERNAL


K.3.224.384

158

 

DON JOSE RUIZ DE ARTEAGA Y DE GUEZALA JUEZ MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL DE LA MISMA

CERTIFICO: Que al folio ciento sesenta y siete del tomo noventa y ocho de la sección tercera de este Registro Civil a mi cargo, obra el acta que copiada literalmente es como sigue:

Número 529.

“En Sta. Cruz de Tenerife provincia de Tenerife a las diez del día veintisiete de Agosto de mil novecientos treinta y seis ante D. José Ruiz de Arteaga y Guezala Juez Municipal y D. Carlos de la Concha y Palacio Secretario se procede a inscribir la defunción de D. Ramón Cabrera Bernal de treinta y uno años de edad natural de Vallehermoso (Gomera) provincia de Sta Cruz de Tfe. – hijo de D. Antonio y de Dª Ventura domiciliado en la Gomera, de profesión agricultor y de estado soltero; falleció en la Batería de Barranco del Hierro el día de hoy a las cinco y treinta minutos, a consecuencia de hemorragia interna según resulta del reconocimiento practicado, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.- Esta inscripción se practica en virtud de comunicación del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de esta Capital consignándose además que no otorgó testamento habiéndola presenciado como testigos D. Venancio Afonso Fajardo y D. Angel Méndez Fuentes, mayores de edad y vecinos de esta Capital.- Leida esta acta, se sella con el del Juzgado y la firma el Sr. Juez, los testigos de que certifico.- José Ruiz Arteaga y Guezala.- V. Afonso.- A. Mendez.- Carlos de la Concha; rubricados.- Hay un sello que dice Juzgado Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Es copia conforme de su original a que me refiero y para que asi conste y remitir al Sr. Capitán Juez del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de Canarias, explido la presente en Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Agosto de mil novecientos treinta y seis

José Ruiz de Arteaga Guezala

El Secretario

[Rúbrica de CARLOS DE LA CONCHA Y PALACIO]

A la izquierda de la firma del Juez Municipal JOSÉ RUIZ DE ARTEAGA Y DE GUEZALA hay un sello elíptico en tinta con el escudo republicano rodeado por la leyenda

Registro Civil del Juzgado Municipal SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Cfr.: ATMTQ 7921-254-10. Causa 116 de 1936. Folio 158

CERTIFICACIÓN Nº 0267213/05 SOBRE FRANCISCO MUÑOZ SERRANO


El 15 de septiembre de 2005, fue obtenida Certificación Literal Nº 0267213/05, expedida con la autorización prevista en el artículo 26 del Reglamento del Registro Civil, que contiene la reproducción íntegra del asiento correspondiente al Tomo 98 página 117 vuelta, folio de la Sección 3ª, del Registro Civil de Santa Cruz.
Certificación gratuita amparada en la Ley 25/1986 de 24 de diciembre.

Cotejada esta certificación Nº 0267213/05 con la emitida en julio de 1936, por el Juez Suplente JUAN YANES PERDIGÓN, se observan algunas diferencias, que si bien no son sustanciales, denota que el citado Juez Suplente, no actuó con el esmero exigible, al firmar lo transcrito.

En esta Certificación Nº 0267213/05 de la defunción de Don FRANCISCO MUÑOZ SERRANO, puede leerse lo siguiente:

Núm. 430

En Sta Cruz de Tenerife provincia de Tenerife a las nueve y treinta minutos del día diecinueve de Julio de mil novecientos treinta y seis ante D. José Ruiz de Arteaga y Guezala Juez Municipal y D. Carlos de la Concha y Palacios Secretario se procede a inscribir la defunción de D. Francisco Muñoz Serrano de treinta y cinco años de edad natural de Córdoba  provincia de  id  hijo de D. Antonio y de Dª Dolores domiciliado en la calle de Pasaje de Ojeda número – piso – de profesión cabo del Cuerpo de Seguridad (Sección de Asalto) y de estado casado con Doña Angeles Castro Romero, de cuyo matrimonio deja cuatro hijos llamados: Antonio, Francisco, Fernando y Rafael; falleció en esta Capital el día de ayer a las diez y siete y  –  minutos, a consecuencia de hemorragia según resulta de (*) orden de la Comandancia Militar de Canarias y reconocimiento practicado, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.

Esta inscripción se practica en virtud de (3)
dicha comunicación del señor Comandante Juez del Juzgado Permanente de la Comancia Militar de Canarias.

consignándose además (*)

habiéndola presenciado como testigos D. José Gutiérrez Expósito y D. Venancio Afonso Fajardo mayores de edad y vecinos de esta Capital Leída esta acta, se sella con el del Juzgado y la firma el Sr. Juez, los testigos (*) – de que
certifico. Siguen tres firmas y figura el sello ovalado en tinta del Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife.

* * * * * * * * * * *

 

Me han llamado la atención estos detalles:

1.- La frase entre paréntesis (Sección de Asalto) aparece escrita encima de la línea, porque el texto completo de la profesión del fallecido no cabe en el espacio previsto.

2.- Habiendo sido proclamado el estado de guerra, era esperable que el Juzgado Civil se plegase a las órdenes militares, por lo que hay que considerar coherentes con la situación estos párrafos:

«falleció a consecuencia de hemorragia según resulta de orden de la Comandancia Militar de Canarias y reconocimiento practicado a su cadáver».

«Esta inscripción se practica en virtud de (*) dicha comunicación del señor Comandante Juez del Juzgado Permanente de la Comancia Militar de Canarias.»

3.-

El que aparezca escrito Comancia en vez de Comandancia, puede achacarse a lapsus calami.

4.- No sorprende, sin embargo, el párrafo final “de que certifico” pues parece que esa era la fórmula habitual entonces, en vez de decir “de todo lo cual certifico”.

* * * * * * * * * * * *

FRANCISCO MUÑOZ SERRANO, Cabo de la Guardia de Asalto, fue el primer español fallecido en Santa Cruz de Tenerife, víctima de la sublevación militar del 18 de julio de 1936.

FRANCISCO MUÑOZ SERRANO murió heroicamente, defendiendo la legalidad vigente. Cumpliendo con su deber.

INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN DE FRANCISCO MUÑOZ SERRANO


J 3.146.499

476

DON JUAN YANES PERDIGON JUEZ MUNICIPAL SUPLENTE DE ESTA CIUDAD DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Y ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL DE LA MISMA …….

CERTIFICO: Que al folio ciento diez y siete vuelto del tomo noventa y ocho de la sección tercera de este Registro Civil a mi cargo, obra el acta que copiada literalmentes es como sigue:

Número 430 Francisco Muñoz Serrano

En Sta Cruz de Tenerife provincia de Tenerife a las nueve y treinta del día diez y ocho de Julio de mil novecientos treinta y seis ante D. José Ruiz de Arteaga y Guezala Juez Municipal y D. Carlos de la Concha y Palacio Secretario se procede a
inscribir la defunción de D. Francisco Muñoz Serrano de treinta y cinco años de edad natural de Córdoba  provincia de id hijo de D. Antonio y de Dª Dolores domiciliado en la calle de Pasaje de Ojeda de profesión cabo del Cuerpo de Seguridad (Sección de Asalto) y de estado casado con Doña Angeles Castro Romero, de cuyo matrimonio deja cuatro hijos llamados: Antonio, Francisco, Fernando y Rafael; falleció en esta Capital el día de ayer a las diez y siete y  –  minutos, a  consecuencia de hemorragia según resulta de orden de la Comandancia Militar de Canarias y reconocimiento practicado, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.- Esta inscripción se practica en virtud de  dicha comunicación del señor Comandante Juez del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de Canarias, habiéndola presenciado como testigos D. José Gutiérrez Expósito y D. Venancio Afonso Fajardo mayores de edad y vecinos de esta Capital.- Leída esta acta, se sella con el del Juzgado y la firma el Sr. Juez, los testigos de que certifico.- José R. Arteaga y Guezala.- J. Gutierrez.- V. Afonso.- Carlos de la Concha.-rubricados.- Hay un sello que dice Juzgado Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Es copia conforme de su original a que me refiero y para que conste y remitir al Sr. Juez Instructor del Juzgado Permanente de la Comandancia Militar de Canarias, expido la presente en Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

Siguen las firmas de Juan Yanes Perdigón, legible, y la del Secretario ilegible; ambas rubricadas.

A la izquierda de la firma del Juez Suplente hay un sello en tinta azul con el escudo republicano en el cual puede leerse Registro Civil Santa Cruz de Tenerife.

 

Cfr.: Causa 50 de 1936 [6401-207-1].- Folio 476.