ANTONIO RODRÍGUEZ BETHENCOURT, FALLECIDO EL 14 DE ABRIL DE 1953


S.4.776.265

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PROVIDENCIA DEL JUEZ SEÑOR DIAZ Y GARCIA TALAVERA

En Santa Cruz de Tenerife a seis de Julio de mil novecientos cincuenta y tres.- Por recibida la presente causa con decreto de la Autoridad Judicial ordenando dejar sin efecto la concesión de los beneficios y que se deduzca testimonio de la liquidación de condena para su unión a la Causa núm. 195/40 seguida también a dicho individuo, únase con antelación el Decreto referido y Dictamen Auditoriado que se acomapñan, y teniendose conocimiento en este Juzgado que el aludido condenado falleció en la Prisión Central del Puerto de Santa María, el día 14 de Abril último, donde se hallaba extinguiendo la condena impuesta, interésese del Sr. Juez Municipal y Encargado del Registro Civil de la indicada población el oportuno certificado que acredite tal defunción, para su unión a esta Causa, y quedan suspendidas las actuaciones hasta que se reciba el documento pedido.

Lo mandó y firma S.S.- Doy fe

 Siguen la firmas de Segismundo Díaz y García Talavera, Comandante de Ingenieros Juez Instructor del Juzgado Militar Permanente de la Capitanía General de Canarias y de la causa número 246 de 1.939, y de Sebastián Díaz Hernández Sargento de Infantería, Secretario de dicha Causa 246/1939.

 El penado fallecido en el Penal Central del Puerto de Santa María (Cádiz) había sido ANTONIO RODRÍGUEZ BETHENCOURT, nacido en Santa Cruz de Tenerife, el 15 de abril de 1887, hijo de Manuel y Fidela.

 Tras haber sido condenado en la Causa 246/1939 a la pena de seis años y un día de prisión mayor, estando en la prisión militar Costa Sur (Fyffes), ANTONIO RODRÍGUEZ BETHENCOURT volvería a ser condenado a una nueva pena de VEINTE años de reclusión menor, por la Causa 195/1940

En ambas causas por el delito de excitación a la rebelión.

 ANTONIO RODRÍGUEZ BETHENCOURT había recurrido mediante instancia manuscrita, datada el 24 de julio de 1952, en súplica para que se le concedieran los beneficios de indultos.

Murió antes de que se completara el trámite.

Una vez acontecida y conocida su muerte, fueron suspendidas todas las actuaciones.

Fuentes:

Causa 246/1939 [7824-251-9].

Causa 195/1940 [6131-199-2]

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