SE REUNÍAN EN LA CARPINTERÍA DE JOSÉ CABEZA ACOSTA


 

Fiscalia nº 66                                                                                                   91

SEÑOR AUDITOR

EL FISCAL, en la causa numero 257 de 1939, formula con carácter provisional las siguientes conclusiones:

Del examen del procedimiento resultan los siguientes

H E C H O S

Los procesados, GUMERSINDO CASANOVA DUMPIERRE, MIGUEL LOPEZ MARTINEZ, FRANCISCO TRUJILLO GUERRA y ANGELA HERNANDEZ ORTEGA, de pésimos antecedentes políticos todos ellos, se reunían clandestinamente en la carpintería propiedad de José Cabeza Acosta, haciendo comentarios desfavorables a la marcha de las operaciones triunfantes de nuestro Ejército, pronunciando frases desgradantes para la enseña nacional, exteriorizando todas estas manifestaciones entre la vecindad, llegando a injuriar, amenazar y vejar con gestos a los que no eran de su parecer, hechos estos incursos en el numero 6, del Bando de la junta de defensa Nacional, de 28 de Julio de 1936.

Los hechos antes relatados se encuentran probados en todos los folios del sumario, son constitutivos de un delio de excitación a la rebelión, previsto y penado en el artículo 240 párrafo 2º, del Código de Justicia Militar.

De cuyo delito, son responsables en concepto de autores por participación directa y voluntaria los procesados, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

Procede imponer a cada uno de los procesados una pena de prisión mayor, con las accesorias legales correspondientes, siéndoles de abono a los procesados el total del tiempo de prisión preventiva sufrida por razón de esta causa.

En cuanto a responsabilidades civiles, es de aplicación el decreto de 9 de Febrero de 1939.

El Fiscal renuncia a la práctica de ulteriores diligencias de pruebas y a la asistencia a la de lectura de cargos.

Todo conforme a los preceptos legales citados y demás de general aplicación.

Santa Cruz de Tenerife 24 de enero de 1940

EL FISCAL

Francisco CMoscoso

[Firmado y rubricado]

A la izquierda de la rubricada firma del Fiscal FRANCISCO CARNERO MOSCOSO, hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

 

Cfr.: A-TMTQ 3314-433-14.- Causa 257 de 1939.- Folio 91.

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