26
ACTA DE LA CELEBRACION
DEL CONSEJO DE GUERRRA
En Las Palmas a treinta y uno de Agosto de mil novecientos treinta y ocho.
Se extiende la presente en cumplimiento de lo preceptuado en el Articulo 585 del Codigo para hacer constar: Que en dicha fecha y siendo las once horas y treinta minutos de dicho dia se reunio en el Cuartel del Regimiento Infanteria Canarias Numero treinta y nueve de estas Plaza, el Consejo de Guerras Ordinario de Cuerpo, para ver y fallar la Cau-sa instruida contra el procesado, JUSTO EVORA VELAZQUEZ por el presunto delito de adhesión a la rebelión, dicho Tribunal se hallaba constituido por el Coronel de Infanteria DON LUIS MATEOS ALVAREZRIVERA, como Presidentes, Capitanes DON JOSE CASTANEDA ARAGON, DON LORENZO PEREZ DIAZ, DON ANTONIO TORRES TORRES, DON ANTONIO RODRIGUEZ MOLINA, y DON FRANCISCO GUEDES ALEMAN, todos de Infanteria como Vocales, con asistencia del Ministerio Fiscal representado por el Alferez honorifico DON MATIAS VEGA GUERRA, y de DON LUIS MESA SUAREZ Al-ferez de Artillería como Defensor.
Leido el apuntamiento por el instructor, en que se dio cuenta de la causa en Audiciencia publica, se leyeron íntegramente las diligencias de todos los folios y llamdado el procesado por el Ministerio Fiscal se le hicieron preguntas a la que contestó negativamente; llamdo comparece el Testigo Comandante de Infanteria Don Ildefonso de Vals quien dice que el procesado Sr. Fiscal quien califica los hechos como constitutivos de un delito de adhesión a la rebelion y termina solicitando para el procesado de cuerdo con lo dispuesto en el articulo 288 del Codigo de Justicia Militar la Pena de Muerte.
Concedida la palabra al Defensor, expuso su criterio en el sentido de que los hechos son constitutivos de un delito de sedicion del articulo 249 del Codigo de Justicia Militar, y solicita se le impongas al procesado la pena de SEIS AÑOS de prisión correccional.
Preguntado el encartado por el Señor Presidente sitenia algo que exponer, contesto que se extrañaba que se le tachara de Comunista cuan do preseisamente en los primeros días del Movimiento habia sido Secretario de la Delegacion del Gobierno cargo para el que no hiban a nombrar persona que no fuera de confianza, quedando inmediatamente reunido el Consejo de Guerra en Sesion Secreta para deliberar y dictar Sentencia de todo cual doy fe.
[Firma de BARTOLOMÉ MARTÍN ORTEGA, someramente rubricada]
Vº. Bº.
El Presidente del Consejo.
[Firma rubricada de LUIS MATEOS ÁLVAREZ RIVERA
Cfr.: A-TMT5 13254-429-14.- Causa 133 de 1938 contra JUSTO ÉVORA VELÁZQUEZ.- Folio 26.