M.8,833,346
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COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS JUZGADO EVENTUAL
Liquidación del tiempo de la prisión preventiva que durante la tramitación de la causa, ha sufrido el sentenciado paisano Martin Carricondo Túnez, para deducir el que ha de servirle de abono en la extinción de la condena, conforme a las disposiciones vigentes.
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Se le constituyó en prisión (folio 2) | 14 Agosto de 1,936 |
Fue firma la sentencia . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1 Septiembre de 1.936. |
Tiempo de abono por prisión preventiva . . . . . . | 18 días. |
Ha sido condenado a la pena de diez años de prisión mayor | 10 años. |
Le resta cumplir de la condena desde el día primero de Septiembre de 1.936, hasta el día 6 de Agosto de 1.946, que la desde el día 14 de agosto que fue firme la sentencia hasta el día 6 de Agosto de 1,946, que la dejará extinguida | 9 años, once meses 12 dias |
Santa Cruz de Tenerife, 8 de Septiembre de 1.936.
El Capitán Juez.
[Firma rubricada de FERNANDO LÓPEZ POZAS]
Cfr.: A-TMTQ 3668-150-14.- Causa 177 de 1936 contra MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ.- Folio 31.