SUSPENDIENDO TRAMITACIÓN DE PROCEDIMIENTO 200 DE 1936


54             M.8,919,976

 

AUTO.- Santa Cruz de Tenerife a diez y nueve de Febrero de mil novecientos treinta y siete.

RESULTANDO.- Que instruida esta causa Nº 200 de 1.936 contra los Sargentos

del Batallón de Tiradores, JOSE PULIDO PEREZ Y MIGUEL BURRIEZA IGLESIAS y el cabo de lngenieros Telegrafista MANUEL LACUEVA GALDES, por el delito de deserción, ha sido practicado el procedimiento de ausencia y rebeldía que previenen los artículos 663 y siguiente del Código de Justicia Militar, sin que las diligencias de busca y captura hayan dado resultado por ahora.

RESULTANDO.- Que el Juez Instructor por Auto del folio 37, ha declarado rebelde a los inculpados elevando el sumario en consulta.

CONSIDERANDO.- Que con arreglo al articulo 665 procede acordar la suspensión de las actuaciones hasta la presentación o captura.

ACUERDO.- Confirmar la declaración de rebeldia suspendiéndose la tramitación del procedimiento hasta que el procesado sea habido, volviendo a su Instructor para cumplimiento, remisión de testimonio al Jefe del Cuerpo, reitero de órden de busca y captura en todo tiempo, consultando luego para archivo, acuse recibo.

EL AUDITOR,

[Firma rubricada de JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, precedida por el sello elíptico en   tinta, de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS * SANTA CRUZ DE TENERIFE].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 8163-261-33. Causa 200 de 1936.- Folio 54.

REQUISITORIA CONTRA MANUEL LA CUEVA GALDÓS


50     F.5,124,609

R E Q U l S I T O R I A

==================

 

Manuel La Cueva Galdós, cabo de Ingenieros telegrafista, natural de Nules (Castellón), de estado soltero, profesión mecánico, edad 23 años, hijo de Ricardo y de Encarnación, domiciliado últimamente en Ifni, donde servía como cabo de Ingenieros, reclamado como desertor, comparecerá en el término de quince días ante el Teniente juez Instructor Eventual de la Plaza de Ifni, Don Francisco Requena Córdobe, rogando a las Autoridades Civiles y Militares procedan a su detención caso de ser habido, poniendolo a disposición de este Juzgado; sus señas personales son las siguientes.- Pelo castaño. ojos pardos, cejas al pelo, color sano, nariz regular, barba poblada, boca regular.

Ifni 4 de Enero de 1.937

El Teniente Juez Instructor.

[Firma rubricada de FRANCISCO REQUENA CÓRDOBA]

 

JUAN FERNANDEZ ACEYTUNO, COMANDANTE DE INFANTERIA DELEGADO GUBERNATIVO DEL TERRITORIO DE IFNI.

CERTIFICO: La presente requisitoria ha sido expuesta durante cinco dias en la tablilla de anuncios de esta delegación a los fines de Justicia.

En Sidi Ifni a nueve de enero de mil novecientos treinta y siete.

[Firma rubricada de JUAN FERNÁNDEZ ACEYTUNO]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 8163-261-33. Causa 200 de 1936.- Folio 50.

REQUISITORIA CONTRA JOSÉ PULIDO PÉREZ


49     F.5,124,608

“REQUISITORIA”

=============

José Pulido Perez, sargento de Infanteria, natural de Abusejo (Salamaca), de estado soltero, profesión zapatero, edad 28 años, hijo de Eusebio y de Manuela, domiciliado últimamente en Ifni, donde servía como sargento en el Batallón de Tiradores, reclamado como desertor, comparecerá en el término de quince días ante el Teniente Juez Instructor Eventual de Plaza de Ifni, Don Francisco Requena Córdoba, rogando a las Autoridades Civiles Y Militares procedan a su detención caso de ser habido, poniéndolo a disposición de este Juzgado; sus señas personales son las siguientes.- Pelo rubio, cejas iden, ojos azules,astaños, nariz regular, barba poca, boca regular, color sano, frente espaciosa, aire marcial. producción buena, no tiene señas particulares, estatura un metro 568 milímetros.

Ifni 4 de Enero de 1.937

El Teniente Juez Instructor.

[Firma rubricada de FRANCISCO REQUENA CÓRDOBA]

 

JUAN FERNANDEZ ACEYTUNO, COMANDANTE DE INFANTERIA DELEGADO GUBERNATIVO DEL TERRITORIO DE IFNI.

CERTIFICO: La presente requisitoria ha sido expuesta durante cinco dias en la tablilla de anuncios de esta delegación a los fines de Justicia.

En Sidi Ifni a nueve de enero de mil novecientos treinta y siete.

[Firma rubricada de JUAN FERNÁNDEZ ACEYTUNO]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 8163-261-33. Causa 200 de 1936.- Folio 49.

 

REQUISITORIA CONTRA MIGUEL BURRIEZA IGLESIAS


47     F.5,124,613

REQUISITORIA

Miguel Burrieza Iglesias, Sargento del Batallón de Tiradores de Ifni, natural de Escuadro (Zamora), de estado soltero, profesión labrador, edad 29 años, hijo de Lucinda y de Serafin, domiciliado últimamente en Ifni, donde servía como sargento en el Batallón de Tiradores, reclamado como DESERTOR, comparecerá en el término de quince días ante el Teniente Juez Instructor Eventual de la Plaza de Ifni, Don Francisco Requena Córdoba, rogando a las Autoridades Civiles Y Militares procedan a su detención caso de ser habido, poniéndolo a disposición de este Juzgado.- Sus señas personales son las siguientes.- Pelo castaño. cejas al pelo, ojos castaños, nariz regular, barba saliente, boca regular, color moreno. frente estrecha, aire marcial, producción buena, señas particulares una cicatriz en la nuca. su estatura un metro 640 milímetros.

Ifni 5 de Enero de 1.937

El Teniente Juez Instructor.

[Firma rubricada de FRANCISCO REQUENA CÓRDOBA]

JUAN FERNANDEZ ACEYTUNO, COMANDANTE DE INFANTERIA DELEGADO GUBERNATIVO DEL TERRITORIO DE IFNI.

CERTIFICO: La presente requisitoria ha sido expuesta durante cinco dias en la tablilla de anuncios de esta delegación a los fines de Justicia.

En Sidi Ifni a diez de enero de mil novecientos treinta y siete.

[Firma rubricada de JUAN FERNÁNDEZ ACEYTUNO]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 8163-261-33. Causa 200 de 1936.- Folio 47.

ROGANDO COPIA DE INSCRIPCIÓN DE EMBARCACIÓN “SILVA EL MARINO”


 

16

COMANDANCIA DE MARINA

 

DE LA PROVINCIA

 

DE

 

SANTA CRUZ DE TENERIFE

¡   VIVA ESPAÑA   ¡

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

 
Num.  
  Señor Comandante de Marina.
  Tengo el honor de elevar a V.S. el pre-
  sente, rogandole se expida y remita a
  este Juzgado copia de la inscripción
  de la embarcación “SILVA EL MARINO”
  fº 1585 de la 3ª del distrito
  de esta Capital.

Dios guarde a V.S. muchos años.

S/C de Tenerife 16 de Diciembre de 1937.

II año Triunfal

El Juez Instructor

[Firma rubricada de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

Rf/ / nº 2665

[Sello ovalado en tinta, del Juzgado de Instrucción de la COMANDANCIA MILITAR DE MARINA TENERIFE]

 

San

[Al dorso]

–ta Cruz de Tenerife, 17 de diciembre de 1937.

 

Pase al Segundo Comandante, para expedición de la copia del asiento que se interesa devolución.

EL COMANDANTE DE MARINA,

[Firma rubricada de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

R/ / nº 5291

[Sello ovalado en tinta, de la COMANDANCIA MILITAR DE MARINA Santa Cruz de Tenerife]

 

Sr. Comandante:

Con la copia de asiento interesada, tengo el honor de devolver a V.S. este escrito.

Santa Cruz de Tenerife, 18 de diciembre de 1937.

SEGUNDO AÑO TRIUNFAL.

El Segundo Comandante.

Firma rubricada de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

R/ / nº 2709

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 16.

 

PARA PODER PROCEDER A LA CITACIÓN DE LOS FAMILIARES


 

 º

15

COMANDANCIA DE MARINA

 

DE LA PROVINCIA

 

DE

 
SANTA CRUZ DE TENERIFE

¡  VIVA ESPAÑA ¡

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN  
   
   
  Tengo el honor de remitir a V.S. el
  presente, rogándole me comunique
  los domicilios de los individuos
  a que hace referencia en su aten
  to escrito nº 4292 de fecha18
  corriente, caso de haber constan-
  cia en esa Delegación, para proce-
  der a la citación de los familia
  res de los mismos.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife 23 Diciembre 1937.

II año Triunfal

El Juez Instructor

[Firma rubricada de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

 

[Al pie]

Sr. Delegado de Orden Público de esta Capital

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 15.

CAUSA 347 DE 1936 CONTRA COMANDANTE JUAN MONTERO CABAÑAS


J.2,977,107

66

TERRITORIO DE IFNI.                          JUZGADO EVENTUAL DE PLAZA

AÑO 1936

C U  S  A   NÚMERO  347.

Del corriente año instruida en averiguación de las causas que motivarón el abandono de destino por el Comandante que fue de éste Batallón Don Juan Montero Cabanas

Ocurrió el hecho el dia 15 de Agosto de 1936.

Dieron principio estas actuaciones el dia 26 de Septiembre de 1936.

 

Juez Instructor.

Secretario.

Teniente de Infantería con El Brigada del mismo Arma y Cuerpo
destino en Batallón de Ti- Don Emilio Carrón Rubí.
radores de Ifni, Don Agustín Otro
Buil Torres. Del mismo Cuerpo. Sargento D. José
  Martin Valle
Otro Otro  
Alferez del mismo Cuerpo Del mismo Cuerpo Sargento  
Don Juan Jimenez Huertas Don Esteban Pérez y Pérez  
     

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 12955-415-18.- Causa 347 de 1936.

 

CONSEJO DE GUERRA DE OFICIALES GENERALES EN CAUSA 193 DE 1936


250

COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS            SECRETARIA DE JUSTICIA

Orden del dia  8 de Octubre de 1.936.

El próximo día trece del actual a las diez horas de su mañana, se reunirá en el “Hogar del Soldado” del Grupo Autonomo Mixto de Zapadores y Telegrafos nº 4 en La Isleta de la Plaza de Las Palmas, el Consejo de Guerra de Oficiales Generales que ha de ver y fallar la causa seguida contra el Alferez de Infanteria D. AURELIO CLEMENTE MANZANO y ochenta y cuatro mas por el delito de rebelión militar cometido en Ifni.

El Tribunal se constituira en la forma siguiente:

P R E S I D E N T E

General de Brigada Excmo. Señor Don Guillermo Camacho Gonzalez.

V O C A L E S

Coronel Infanteria Don José Caceres Sanchez. Regimiento Tenerife
Teniente Coronel Infanteria Don Luis Mateos Alvarez Rivera. Caja Recluta 60
     Id.      Id.         Artilleria. Don Ernesto Pascual Lascuevas. Grupo Mixto nº 2
     Id.      Id.               Id. Don Eduardo Rodriguez Couto Movilizado
     Id.      Id. Infanteria. Don José Maria de Campo Tabernilla. Regtº. Canarias

Teniente Coronel de Ingenieros

Don Pedro Sopranis Arriola Movilizado
      Id.           Id.     Infanteria.   Manuel Cuartero Marto.  Id.

F I S C A L

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalia en quien delegue.

D E F E N S O R

El Capitan de Infanteria Don Prudencio Guzman Gonzalez.

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante de Artilleria Don Luis de Conde Figueroa.

Se invita a los Señores Jefes y Oficiales francos de servicio para asistir a dicho acto.

EL COMANDANTE GENERAL

[Firma rubricada someramente de ÁNGEL DOLLA LAHOZ]

Sello en tinta de la COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS E.M.

 

Cfr.: A-TMT5 10597-338-1 Causa 193 de 1936.- Folio 250.

* * * * * * * * * * * * * * *

En la ceremonia de este Consejo de Guerra, actuaría como Fiscal el Teniente Auditor de Segunda PEDRO DOBLADO SÁlZ.

SUSPENDIDAS ACTUACIONES HASTA PRESENTACIÓN O CAPTURA DEL REO


M.9,155,436

 32

A U T O.= Santa Cruz de Tenerife a treinta de Octubre de mil novecientos treinta y siete.

RESULTANDO.= Que instruida esta causa número 187 de 1.937 contra el paisano LAUREANO BELTRAN DE LA CONCEPCION, ha  sido practicado el procedimiento de ausencia y rebeldía que previene los artículos 663 y siguientes del Código de Justicia Militar, sin que las diligencias de busca y captura hayan dado resultado por ahora.

RESULTANDO.= Que el Juez Instructor por AUTO del folio 29, ha declarado rebelde al inculpado elevando el sumario en consulta.

CONSIDERANDO.= Que con arreglo al artículo 665 procede acordar la suspensión de las actuaciones hasta la presentación o captura.

CUERDO.= Confirmar la declaración de rebeldía, suspendíendose la tramitación del procedimiento hasta que el procesado sea habido.

Por lo que respecta a la responsabilidad civil del procesado rebelde, se deducirá testimonio de los particulares de la causa, así como de la pieza separada de embargo, para su remisión al Excelentísimo Señor Gobernador Civil de Las Palmas, Presidente de la Junta de Incautaciones, a los efectos procedentes, para lo cual volverán las actuaciones a su Instructor, reiterando las órdenes de busca y captura en todo tiempo, consultando luego para archivo, debiéndo acusar recibo.

EL AUDITOR.

[Firma rubricada de JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, acompañada a su izquierda por el sello ovalado en tinta de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS]

Cfr.: A-TMT5 13177-426-7.- Causa 185 de 1937.- Folio 32.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * *

Esta era la praxis jurídica aplicada en aquellos tiempos nefastos.

Si el reo había escapado, o estaba fuera del alcance de la jurisdicción de los tribunales, se le declaraba EN REBELDÍA, cumplimentando los trámites procedentes.

NO PODÍA SER CONDENADO EN REBELDÍA.

Conviene tener presente esta realidad histórica, porque hay demasiadas publicaciones en las cuales se ha afirmado, sin base, que determinados reos fueron CONDENADOS EN REBELDÍA.

Cuando el reo era habido, porque había sido atrapado, o bien se había presentado voluntariamente, se reabría el procedimiento en el punto donde había sido suspendido. El reo podía acogerse a la normativa imperante en el momento de su presentación. Teniendo derecho a los indultos dictados hasta la fecha, así como los beneficios de la prescripción de los delitos imputados.

Hay varios casos documentados en este blog.

Obsérvese, que a pesar de no haber sido condenado, si se procedía contra el reo para que se incautaran sus bienes.

REQUISITORIA CONTRA LAUREANO BELTRÁN DE LA CONCEPCIÓN


21     Z.4,084,981

 

R E Q U I S I T O R I A

LAUREANO BELTRAN DE LA CONCEPCION, hijo de Laureano y de Matilde, natural de Cullera, provincia de Valencia, domiciliado ultimamente en Sidi Ifni, reclamado en causa criminal por razon de supuesto delito, comparecera en el termino de quince dias ante el Teniente Juez Instructor Eventual de Plaza en Sidi Ifni DON PEDRO MOLERO PIMENTEL, rogando a las autoridades Civiles y Militares procedan a su detención, y caso de ser habido lo pondran a disposición de dicho Juzgado. Su señas personales son la siguientes; De treinta y siete año de edad, de estado casado, de profeción empleado. Sin señas particulares.

Sidi Ifni 19 de Agosto de 1.937

El Teniente Juez Instructor.

[Firma rubricada de PEDRO MOLERO PIMENTEL, acompañada a su izquierda por el sello ovalado en tinta del BATALLÓN DE TIRADORES DE IFNI – JUSTICIA].

DON EDUARDO MALDONADO VAZQUEZ, Capitan de Artilleria, Delegado Gubernativo de este Territorio; Certifico que la presente REQUISITORIA, ha estado expuesta en la tablilla de anucios de esta Delegación, durante cinco días consecutivos y para que conste y a los efectos consiguientes, expido el presente en Sidi-Ifni a veintiséis de Agosto de mil novecientos treinta y siete.

[Firma rubricada de EDUARDO MALDONADO VÁZQUEZ, acompañada a su izquierda por el sello circular en tinta del TERRITORIO DE IFNI, que lleva en su interior el escudo republicano español]

Cfr.: A-TMT5 13177-426-7.- Causa 185 de 1937.- Folio 21.

* * * * * * * * * * * * * * *

Los acusadores de LAUREANO BELTRÁN DE LA CONCEPCION, tenían conocimiento de que éste había abandonado el Territorio de Ifni, sabiendo además que se encontraba en Casablanca.

Sin embargo, cumplían con el trámite de emitir su requisitoria, y exponerla en la tablilla de la Delegación.